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Corte Suprema

CASTRO PEÑA, JAVIER c/ E.N.- MINISTERIO DE TRABAJO EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL- s/INCONSTITUCIONALIDADES VARIAS

La Corte Suprema declaró admisibles los recursos extraordinarios interpuestos por el Ministerio Público en causas sobre inconstitucionalidad del artículo 6° de la ley 26.425 y la restitución de aportes voluntarios del ex Régimen de Capitalización. Confirmó las sentencias apeladas por remisión a los fundamentos del precedente Villarreal.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CSJ 001062/2015/CS001
Regimen de capitalizacion Ley 26.425 Sistema previsional Inconstitucionalidad Restitucion de aportes Recurso extraordinario Ministerio publico Precedente villarreal Seguridad social Anses

¿Quién es el actor?

Javier Castro Peña y Daniel Enrique Mora (en las causas acumuladas).

¿A quién se demanda?

Estado Nacional - Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, y ANSES y otros.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Declaración de inconstitucionalidad de diversas normas, entre ellas el artículo 6° de la ley 26.425 y su reglamentación, y la restitución de aportes voluntarios a los afiliados del ex Régimen de Capitalización.

¿Qué se resolvió?

La Corte declaró admisibles los recursos extraordinarios del Ministerio Público y confirmó las sentencias apeladas en cuanto fueron materia de agravios, de acuerdo con las consideraciones del precedente "Villarreal", con costas. La jueza Highton de Nolasco se remitió a su disidencia en dicha causa.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Los agravios vinculados a la declaración de inconstitucionalidad del artículo 6° de la ley 26.425 y a la restitución de aportes voluntarios suscitan el examen de cuestiones sustancialmente análogas a las resueltas en la causa V.49.XLVII "Villarreal, Mario Jesús c/ PEN - PLN y Máxima AFJP s/ amparo", fallada el 30 de diciembre de 2014, a cuyas consideraciones se remite por razón de brevedad.

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