Desimone, Guillermo Mario y otro c/ Arte Radio Televisivo Argentino S.A. s/despido
La Corte Suprema declaró procedentes los recursos extraordinarios interpuestos por el trabajador y por otro actor en el juicio por despido contra Arte Radio Televisivo Argentino S.A., dejando sin efecto la sentencia de la Cámara en cuanto excedió su jurisdicción, y ordenó dictar un nuevo fallo. Desestimó las quejas por las demás críticas, por resultar inadmisibles.
¿Quién es el actor?
Guillermo Mario Desimone y Hernán Carusso.
¿A quién se demanda?
Arte Radio Televisivo Argentino S.A. (ARTV).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reclamo por despido.
¿Qué se resolvió?
La Corte admitió los recursos extraordinarios sólo respecto del agravio vinculado al exceso de jurisdicción en que habría incurrido la Cámara, remitiendo a los fundamentos del dictamen del Procurador Fiscal (punto III, fs. 678/680). Respecto de las restantes críticas, los remedios fueron declarados inadmisibles (art. 280 del CPCCN). Se dejó sin efecto el pronunciamiento apelado, se ordenó devolver los autos al tribunal de origen para dictar un nuevo fallo, con costas, y se desestimaron las quejas.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El fallo es breve y no transcribe fundamentos propios. Considerando: "Que en cuanto a los agravios vinculados al exceso en la jurisdicción apelada en que habría incurrido el a qua, los planteos de los recurrentes encuentran adecuada respuesta en los fundamentos expuestos en el punto III del dictamen del señor Procurador Fiscal de fs. 678/680, a los cuales se remite." "Que, por el contrario, respecto a las restantes críticas, los remedios deducidos resultan inadmisibles (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)." No hubo votos en disidencia.
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Leyes que cita
- Ley 17.454Codigo procesal civil y comercial de la nacion
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