JurisprudenciaARG
Corte Suprema

LUCENTINI ORLANDO ANTONIO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor reclamó la aplicación de pautas de movilidad a su renta previsional, con fundamento en el precedente Deprati. La Corte Suprema declaró procedente el recurso extraordinario del actor, desestimó el de la ANSeS y revocó parcialmente la sentencia apelada, con el alcance fijado por ese precedente.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CSS 052767/2010/CS001
Recurso extraordinario Movilidad previsional Reajuste de haberes Seguridad social Renta previsional Precedente deprati Anses Inadmisibilidad Art. 280 cpccn Revocacion parcial

¿Quién es el actor?

Orlando Antonio Lucentini.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajustes varios de la renta previsional, con reclamo de aplicación de pautas de movilidad.

¿Qué se resolvió?

el Tribunal declaró procedente el remedio federal del actor, desestimó el de la demandada y revocó parcialmente la sentencia apelada con el alcance que surge del precedente "Deprati" citado. Se declaró inadmisible el recurso extraordinario interpuesto por la ANSeS (art. 280 del CPCCN).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que los agravios esgrimidos por el actor referentes a que se apliquen pautas de movilidad a la renta previsional que percibe son sustancialmente análogos a los analizados y resueltos por esta Corte en la causa CSJ 4348/2014/CS1 'Deprati, Adrián Francisco c/ ANSeS s/ amparos y sumarísimos', fallada el 4 de febrero de 2016, a cuyas conclusiones corresponde remitir, en lo pertinente, por razón de brevedad."

"Que el recurso extraordinario interpuesto por la ANSeS es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)."

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