EDEFOR S.A. c/ PROVINCIA DE FORMOSA s/ORDINARIO
La Corte Suprema hizo lugar a la queja interpuesta por EDEFOR S.A. contra la Provincia de Formosa en un juicio ordinario. Declaró la nulidad de los pronunciamientos que omitieron notificar y dar traslado a la parte contraria, por violar la garantía de defensa en juicio.
¿Quién es el actor?
EDEFOR S.A. (recurrente en queja).
¿A quién se demanda?
Provincia de Formosa.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Juicio ordinario; la queja se origina en el recurso extraordinario denegado por el Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Formosa.
¿Qué se resolvió?
Se hace lugar a la queja, se dejan sin efecto los pronunciamientos de fs. 292/292 vta. y 299/300 vta., se agrega la queja al principal y se devuelven las actuaciones al tribunal de origen para que se cumpla con el trámite de sustanciación del recurso extraordinario.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que este Tribunal ha resuelto en reiteradas oportunidades que la adecuada notificación de las distintas etapas fundamentales del proceso tiene por objeto proporcionar a los litigantes la oportunidad de ejercer sus defensas con la amplitud que exige el debido proceso y plantear las cuestiones que crean conducentes para la correcta solución del litigio (Fallos: 319:741). También ha dicho que la garantía de la defensa en juicio supone, en sustancia, que las decisiones judiciales deban ser adoptadas previo traslado a la parte contra la cual se pide, es decir, dándole oportunidad de ser oída y ejercer sus derechos en forma y con las solemnidades que establecen (Fallos: 321:2082)."
"Que, en tales condiciones, corresponde dejar sin efecto los pronunciamientos de fs. 292/292 vta. y 299/300 vta. de las actuaciones principales y devolver los autos al Tribunal de origen a fin de que se cumpla con el trámite omitido."
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Normas que cita
- Constitución Nacional
Fallos que cita
- Fallos 319:741CSJN
- Fallos 321:2082CSJN
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