Recurso Queja Nº 1 - NUÑEZ, JUAN CARLOS c/ UNIVERSIDAD NACIONAL DE TUCUMAN s/RECURSO DE APEL. ART. 32 LEY 24521
La Corte Suprema hizo lugar a la queja interpuesta por la Universidad Nacional de Tucumán en un reclamo de daños y perjuicios promovido por Juan Carlos Núñez. Declaró procedente el recurso extraordinario, dejó sin efecto la sentencia apelada y ordenó al tribunal de origen dictar un nuevo pronunciamiento.
¿Quién es el actor?
Juan Carlos Núñez.
¿A quién se demanda?
Universidad Nacional de Tucumán.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reclamos varios contra la Universidad Nacional de Tucumán.
¿Qué se resolvió?
la Corte Suprema hizo lugar a la queja, declaró procedente el recurso extraordinario y dejó sin efecto la sentencia apelada, con costas. Devolvió los autos al tribunal de origen (Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán) para que dicte un nuevo pronunciamiento conforme a lo resuelto, y ordenó reintegrar el depósito de fs. 55.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
la Corte expresa que comparte y hace suyos los fundamentos del dictamen de la señora Procuradora Fiscal, a los que remite por razones de brevedad. El texto de la sentencia no contiene otros fundamentos desarrollados. No se transcriben párrafos adicionales porque el documento no los incluye; la fundamentación completa se encuentra en el dictamen de la Procuraduría, que no fue incorporado al material analizado.
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Leyes que cita
- Ley 24.521Educacion superior
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