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Corte Suprema

BARON, NATALIA NOELIA c/ ESTADO NACIONAL - MINISTERIO DE DEFENSA s/ORDINARIO

Varios integrantes del personal militar del Estado Nacional reclamaron incrementos de sus compensaciones y suplementos establecidos en el decreto 2769/93. La Corte Suprema declaró parcialmente procedentes los recursos extraordinarios del Estado Nacional, dejó sin efecto las sentencias apeladas en lo que fue materia de agravio y ordenó dictar nuevos fallos, remitiendo en lo referido a los incrementos a los precedentes Bovari de Diaz y Villegas, Osiris.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
FPA 021004525/2012/CS001
Decreto 2769/93 Compensaciones militares Suplementos Personal militar Recurso extraordinario Art. 280 cpccn Incrementos salariales Estado nacional Ministerio de defensa Fuerzas armadas

¿Quién es el actor?

Natalia Noelia Barón y otros integrantes del personal militar (Blanes, Castillo, Cati, Rivero, Sessa, Suárez y Yfran), según los expedientes acumulados.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional - Ministerio de Defensa (en algunos casos, Ejército Argentino y Estado Mayor General de la Fuerza Aérea).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reclamo por incrementos de las compensaciones y suplementos establecidos en el decreto 2769/93.

¿Qué se resolvió?

la Corte declaró parcialmente procedentes los recursos extraordinarios del Estado Nacional. Respecto de los agravios sobre los incrementos de compensaciones y suplementos del decreto 2769/93, remitió a los fundamentos de "Bovari de Diaz" y "Villegas, Osiris". Los demás cuestionamientos fueron declarados inadmisibles (art. 280 CPCCN). Se dejaron sin efecto las sentencias apeladas en lo que fue materia de agravio, con costas por su orden, y se devolvieron los autos al tribunal de origen para el dictado de nuevos fallos.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

la sentencia se remite, en lo pertinente, a los fundamentos de los precedentes "Bovari de Diaz" y "Villegas, Osiris" (Fallos: 323:1048 y 1061), y en cuanto al resto de los agravios del Estado Nacional, rechaza el recurso por aplicación del art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación. No se transcriben otros considerandos relevantes, ya que el fallo es breve y se limita a esa remisión.

Leyes que cita

  • Ley 17.454Codigo procesal civil y comercial de la nacion

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