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Corte Suprema

Recurso Queja Nº 1 - OCANTO SOFIA SOLEDAD c/ DIAZ MATIAS GASTON Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

La Corte Suprema declaró procedente la queja y revocó la decisión de la Sala G de la Cámara Civil, admitiendo que el límite de cobertura del contrato de seguro es oponible al tercero damnificado. En consecuencia, la condena no podrá ejecutarse contra la aseguradora más allá de los límites de la contratación.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CIV 080963/2011/1/RH001
Seguro de responsabilidad civil Limite de cobertura Oponibilidad al tercero damnificado Accidente de transito Muerte Queja Recurso extraordinario Ley 48 art. 16 Citacion en garantia Antartida compania argentina de seguros.

¿Quién es el actor?

Ocanto, Sofía Soledad.

¿A quién se demanda?

Salas, Alfredo y otros.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito con resultado de muerte.

¿Qué se resolvió?

por mayoría, se declaró procedente la queja, se admitió formalmente el recurso extraordinario y se revocó la decisión apelada. Se admitió que el límite de cobertura previsto en el contrato de seguro es oponible al tercero damnificado y que la sentencia no podrá ejecutarse contra la aseguradora sino en los límites de la contratación (art. 16, segunda parte, ley 48). Con costas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

el fragmento legible de los considerandos no es transcribible de forma completa por la calidad del documento. Surge de la parte resolutiva la invocación del art. 16, segunda parte, de la ley 48 y la oponibilidad del límite de cobertura al tercero damnificado. Disidencia: los Ministros Maqueda y Rosatti, en voto separado, sostuvieron que el recurso extraordinario resulta inadmisible (art. 280 del CPCCN) y desestimaron la queja, declarando perdido el depósito de fs. 118.

Normas que cita

  • Constitución Nacionalart. 16
  • Ley 48art. 16 · Justicia nacional
  • CPCCNart. 280 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

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