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Corte Suprema

OPERADORA DE ESTACIONES DE SERVICIOS S.A. c/ MUNICIPALIDAD DE ITUZAINGO s/ACCION MERE DECLARATIVA DE DERECHO

Operadora de Estaciones de Servicio S.A. interpuso recurso extraordinario contra la sentencia de la Cámara Federal de Apelaciones de San Martín en una acción meramente declarativa contra la Municipalidad de Ituzaingó. La Corte declaró admisible el recurso, pero confirmó la sentencia apelada por remisión a los fundamentos de la causa Operadora de Estaciones de Servicio S.A. c/ Municipalidad de Vicente López (2017).

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
FSM 076912/2014/CS001
Recurso extraordinario Accion meramente declarativa Municipalidad de ituzaingo Confirmacion de sentencia Remision a precedente Estaciones de servicio Falta de contestacion de traslado Costas Admisibilidad.

¿Quién es el actor?

Operadora de Estaciones de Servicio S.A.

¿A quién se demanda?

Municipalidad de Ituzaingó.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

acción meramente declarativa de derecho.

¿Qué se resolvió?

la Corte Suprema declaró admisible el recurso extraordinario y confirmó la sentencia apelada, sin costas por la falta de contestación del traslado dispuesto a fs. 114. La decisión se fundó en que las cuestiones planteadas son sustancialmente análogas a las resueltas en la causa FSM 21311/2013/1/RH1, a cuyos fundamentos y conclusiones se remite en razón de brevedad.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

el fallo no desarrolla argumentos propios. Transcribe textualmente el considerando único de los votos: "Que las cuestiones planteadas en los presentes autos son sustancialmente análogas a las consideradas en la causa FSM 21311/2013/1/RH1 'Operadora de Estaciones de Servicio S.A. c/ Municipalidad de Vicente López si acción mere declarativa de inconstitucionalidad', sentencia de 26 de diciembre de 2017, a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir en razón de brevedad."

Normas que cita

  • Constitución Nacional

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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