Recurso Queja Nº 1 - OCAMPO, JUAN GABRIEL c/ GALENO ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
La Corte Suprema hizo lugar a la queja y dejó sin efecto la sentencia de la Sala X de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo que había aplicado el adicional del 20% del art. 3° de la ley 26.773 a un accidente in itinere. El Tribunal sostuvo que, según la letra de la norma, dicho adicional sólo corresponde a los daños producidos en el lugar de trabajo o mientras el trabajador se encuentra a disposición del empleador.
¿Quién es el actor?
Juan Gabriel Ocampo.
¿A quién se demanda?
Galeno Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
indemnización por accidente de trabajo (accidente in itinere ocurrido el 28 de mayo de 2014), con aplicación del adicional de pago único del 20% previsto en el art. 3° de la ley 26.773.
¿Qué se resolvió?
la Corte hizo lugar a la queja, declaró procedente el recurso extraordinario y dejó sin efecto la sentencia apelada, ordenando que se dicte un nuevo pronunciamiento conforme a lo resuelto.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Con solo atenerse a la literalidad del precepto (atendiendo al primer criterio de interpretación de la ley; confr. doctrina de Fallos: 327:991; 329:3546; 330:4988; 331:858, entre otros) y sin necesidad de hacer un mayor esfuerzo intelectivo, es posible concluir que la intención del legislador plasmada en la norma ha sido la de circunscribir el beneficio a los infortunios laborales producidos u originados en el ámbito del establecimiento laboral y no a los accidentes in itinere."
"Es que en ese ámbito, precisamente las aseguradoras tienen la posibilidad de ejercer un control mayor y de aconsejar todo tipo de medidas tendientes a alcanzar los objetivos primordiales del sistema creado por la Ley de Riesgos del Trabajo cuales son la 'prevención' de accidentes y la reducción de la siniestralidad (art. 1, 1)."
"En las condiciones expuestas corresponde descalificar la decisión recurrida por no ser derivación razonada del derecho vigente con aplicación a las circunstancias comprobadas de la causa."
Por remisión a la causa "Páez Alfonzo" (CNT 64722/2013/1/RH1, sentencia del 27/9/2018), el Dr. Rosatti, en disidencia, votó por desestimar la presentación directa.
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Leyes que cita
- Ley 24.557Ley de riesgos del trabajo
- Ley 26.773Riesgos del trabajo
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