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Corte Suprema

Recurso Queja Nº 1 - FLOR MARCELO JAVIER Y OTROS c/ EN-M§ JUSTICIA-SPF-DTO 2807/93 884/08 s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

El actor Marcelo Trillo, militar retirado durante el trámite, reclamó el reconocimiento como remunerativos y bonificables de los suplementos del decreto 2807/93 y sus modificatorios. La Corte Suprema hizo lugar a la queja, revocó parcialmente la sentencia y ordenó que se resuelvan también las sumas devengadas después del pase a retiro, al entender que el cambio de situación de revista no altera la interpretación del derecho de fondo.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CAF 016170/2012/1/RH001
Personal militar Retiro Fuero contencioso administrativo federal Seguridad social Suplementos decreto 2807/93 Caracter remunerativo y bonificable Economia procesal Concentracion procesal Castro fox Ramirez

¿Quién es el actor?

Marcelo Javier Flor y otros; en el recurso de queja, Marcelo Alberto Trillo, representado por la Dra. Valentina Petriella.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional (Servicio Penitenciario Federal) / Ministerio de Justicia.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

inclusión dentro del haber mensual de los suplementos dispuestos por el decreto 2807/93 y sus modificatorios, con carácter remunerativo y bonificable.

¿Qué se resolvió?

la Corte hizo lugar a la queja, declaró procedente el recurso extraordinario y revocó parcialmente la sentencia apelada en lo que fue materia de agravio, devolviendo los autos para que se dicte un nuevo fallo. Costas por su orden.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"si bien es cierto que la competencia del fuero en lo contencioso administrativo federal en cuestiones militares se encuentra circunscripta al régimen en actividad de las fuerzas armadas y de seguridad y el fuero de la seguridad social ha mantenido la suya respecto del personal en situación de retiro, no lo es menos que al momento de deducir la demanda el actor se encontraba en actividad y durante la tramitación de la causa se retiró, cambio que, aun cuando modificó su situación de revista, carece de virtualidad para alterar los alcances de la interpretación efectuada en torno a las leyes federales involucradas, según lo ha resuelto ya este Tribunal en la mencionada causa 'Castro Fox' (Fallos: 328:1265)."

"no resulta razonable exigir al jubilado que deduzca dos demandas similares ante distintos fueros a fin de lograr idéntico reconocimiento, situación que conllevaría no solo un arbitrario retraso en la declaración de derechos de naturaleza alimentaria que cuentan con amparo constitucional, sino un dispendio jurisdiccional en oposición a principios básicos de economía y concentración procesal."

El criterio del precedente "Ramírez" (Fallos: 335:2275) es de aplicación tanto al personal en actividad como retirado.

La alzada había fijado como fecha tope de las diferencias la del pase a retiro, por considerar ajeno a su competencia el reclamo por sumas posteriores; la Corte consideró que esa limitación no era procedente.

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