IAQUINTA, ROMINA VANESA Y OTROS c/ EN-M SEGURIDAD-PFA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
Múltiples causas acumuladas promovidas por personal de la Policía Federal Argentina contra el Estado Nacional (Ministerio de Seguridad) por reclamos vinculados al régimen de personal militar y civil de las Fuerzas Armadas y de Seguridad. La Corte Suprema declaró formalmente admisibles los recursos extraordinarios y confirmó las sentencias apeladas, remitiendo a los fundamentos del precedente Bosso, Fabián Gonzalo (Fallos: 342:1511).
¿Quién es el actor?
Personal de la Policía Federal Argentina (Iaquinta, Romina Vanesa y otros, junto con más de cincuenta causas acumuladas, entre ellas Reynoso, Cardozo, Torrez, Fierro Molina, Arretino, Cruz, Dursi, Pereyra, Martin, Aranda, Palasi, Inversi, Coria, Castañarez, Delbueno, Castelli, Bustamante, Carrizo, Tartalia, Cornell, Rodriguez, Gallardo, Arevalo, Mazzaferri, Lopez Gonzalez, Travaglia, Contardi Albino, Gionenotti, Oliveira, Sosa, Bossero, Gonzalez, Coronati Sanda, Lisaso, Genoud, Porcel Martinez, Bernal, Delgado, Della Croce, Barrera, Ortiz, Caceres, Caseres, Nardini, Rios, Candal Lopez, Vera, Suarez, Palomino).
¿A quién se demanda?
Estado Nacional – Ministerio de Seguridad (EN-M Seguridad-PFA).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamos relativos al régimen de personal militar y civil de las Fuerzas Armadas y de Seguridad (Ley 19.101 y normativa complementaria sobre haberes y régimen de personal de la PFA).
¿Qué se resolvió?
La Corte Suprema declaró formalmente admisibles los recursos extraordinarios interpuestos y confirmó las sentencias apeladas, con costas. La decisión se fundó en la analogía sustancial con la causa "Bosso, Fabián Gonzalo" (Fallos: 342:1511), a cuyos fundamentos remitió por razones de brevedad. El juez Rosenkrantz remitió a su voto en dicha causa.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La sentencia no contiene desarrollo argumental propio. Se limita a señalar que las cuestiones planteadas guardan "sustancial analogía con las debatidas y resueltas por esta Corte en la causa 'Bosso, Fabián Gonzalo' (Fallos: 342:1511), a la que corresponde remitir por razones de brevedad". Los fundamentos concretos deben buscarse en el precedente citado. No se registran votos en disidencia.
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Normas que cita
- Constitución Nacional
- Ley 19.101
Fallos que cita
- Bosso, Fabián GonzaloCSJN · Fallos 342:1511
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
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