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Corte Suprema

Recurso Queja Nº 2 - SASLAVSKY FERNANDO LUIS c/ PROTECCION MUTUAL DE SEG DEL TPP Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

La Corte Suprema hizo lugar a la queja de la aseguradora citada en garantía y revocó la decisión que había extendido la condena a la aseguradora sin considerar la franquicia. El Tribunal sostuvo que la franquicia prevista en el contrato de seguro es oponible al tercero damnificado, por lo que la sentencia sólo puede ejecutarse contra la aseguradora dentro de los límites de la contratación.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CIV 091680/2011/2/RH001
Franquicia Seguro obligatorio Citada en garantia Tercero damnificado Oponibilidad Limites de la contratacion Accidente de transito Recurso de queja Recurso extraordinario Ejecucion de sentencia

¿Quién es el actor?

Fernando Luis Saslavsky.

¿A quién se demanda?

Transporte Automotor Plaza S.A.C.I. y otros.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reclamo por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito (lesiones o muerte).

¿Qué se resolvió?

la Corte declaró procedente la queja, admitió el recurso extraordinario y revocó la decisión apelada. Se admitió que la franquicia prevista en el contrato de seguro es oponible al tercero damnificado, de modo que la condena no puede ejecutarse contra la aseguradora más allá de los límites del contrato.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

la Corte remitió a los precedentes "Nieto", "Villarreal" y "Cuello" (Fallos: 329:3054 y 3488; 331:379 y 330:3483), y a las causas "Obarrio" y "Gauna" (sentencias del 4 de marzo de 2008), cuyas consideraciones dio por reproducidas, por tratarse de cuestiones sustancialmente análogas. Citó, además, lo resuelto por el juez Rosenkrantz en "Oliva" (Fallos: 341:648). Como cita textual de la parte dispositiva: "se admite que la franquicia prevista en el contrato de seguro es oponible al tercero damnificado y que la sentencia no podrá ser ejecutada contra la aseguradora sino en los límites de la contratación (conf. art. 16, segunda parte, ley 48)".

Normas que cita

  • Constitución Nacionalart. 16
  • Ley 48

Fallos que cita

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