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Corte Suprema

GOITIA ALBERTO HECTOR c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La Corte Suprema admitió parcialmente el recurso extraordinario de la ANSeS en el reajuste de un haber previsional. Por mayoría, mantuvo la aplicación del ISBIC con los alcances fijados en los precedentes Elliff y Blanco y revocó la declaración de inconstitucionalidad del art. 25 de la ley 24.241.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CSS 002513/2013/CS001
Reajuste previsional Isbic Ripte Movilidad jubilatoria Art. 25 ley 24.241 Inconstitucionalidad en abstracto Recurso extraordinario Elliff Blanco Dieguez.

¿Quién es el actor?

Alberto Héctor Goitia.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajustes varios de haberes previsionales, en particular la actualización de remuneraciones mediante el ISBIC y la constitucionalidad del art. 25 de la ley 24.241.

¿Qué se resolvió?

por mayoría, la Corte declaró parcialmente procedente el recurso extraordinario, confirmó la aplicación del ISBIC con los alcances de "Elliff" y "Blanco" y revocó la declaración de inconstitucionalidad del art. 25 de la ley 24.241.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Sobre el ISBIC: "los planteos de la ANSeS dirigidos a obtener la sustitución del Índice de Salarios Básicos de la Industria y la Construcción (ISBIC) por el que mide la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE), encuentran adecuada respuesta en el precedente de esta Corte 'Blanco, Lucio Orlando' (votos de la mayoría y concurrente de la jueza Highton de Nolasco, Fallos: 341:1924), cuyos fundamentos y conclusiones, en lo pertinente, se dan por reproducidos."

Sobre el art. 25 de la ley 24.241: "la inconstitucionalidad de la norma referida ha sido efectuada en abstracto y debe ser revocada", por remisión a "Dieguez" (Fallos: 338:1009).

Las restantes objeciones fueron declaradas inadmisibles (art. 280 CPCCN).

¿Cómo votaron los jueces?

el juez Rosenkrantz remitió a su disidencia en "Blanco", por lo que no adhirió a la solución mayoritaria sobre el ISBIC.

Leyes que cita

  • Ley 17.454Codigo procesal civil y comercial de la nacion
  • Ley 24.241Sistema integrado de jubilaciones y pensiones

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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