JurisprudenciaARG
Corte Suprema

Recurso Queja Nº 1 - MANDIA, MARCELO ELIAS c/ ANSES s/RETIRO POR INVALIDEZ (ART 49 P.4. LEY 24,241)

La Corte Suprema declaró procedente la queja y revocó la sentencia de la Cámara Federal de la Seguridad Social que había hecho lugar al reclamo de retiro por invalidez de Marcelo Elías Mandia. Por mayoría, rechazó el recurso de apelación de la parte actora contra el dictamen de la Comisión Médica Central, remitiéndose al precedente Sosa, Raúl.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CSS 015666/2018/1/RH001
Retiro por invalidez Art. 49 inc. 4? ley 24.241 Comision medica central Dictamen medico Recurso extraordinario Queja Anses Seguridad social Ley 48 art. 16 Precedente sosa.

¿Quién es el actor?

Marcelo Elías Mandia.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

retiro por invalidez previsto en el art. 49 inc. 4° de la ley 24.241.

¿Qué se resolvió?

por mayoría, se declaró procedente la queja, formalmente admisible el recurso extraordinario, se revocó la sentencia apelada y se rechazó el recurso de apelación de la parte actora respecto del dictamen de la Comisión Médica Central. Costas por su orden.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"la cuestión que se suscita en la presente causa resulta sustancialmente análoga a la resuelta por el Tribunal en el precedente 'Sosa, Raúl' (Fallos: 340:2021), a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir por razón de brevedad."

"La jueza Highton de Nolasco se remite a su voto en el citado fallo."

"El juez Rosatti se remite a su disidencia en la causa 'Rapisardi' (Fallos: 341:961)." (Voto en disidencia, no integra la decisión mayoritaria.)

Por ello, "por mayoría, se declara procedente la queja, formalmente admisible el recurso extraordinario, se revoca la sentencia apelada y, en uso de las atribuciones conferidas por el art. 16, segunda parte, de la ley 48, se rechaza el recurso de apelación deducido por la parte actora respecto del dictamen de la Comisión Médica Central."

Normas que cita

  • Ley 24.241art. 49 · Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
  • Ley 48art. 16 · Justicia nacional

Fallos que cita

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.