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Corte Suprema

RAMIREZ, HORACIO ANIBAL c/ EN-M JUSTICIA Y DDHH s/INDEMNIZACIONES - LEY 24043 - ART 3

El actor promovió demanda de indemnización en los términos de la ley 24.043 contra el Estado Nacional, reclamando el beneficio previsto en esa norma. La Corte Suprema declaró procedente el recurso extraordinario, revocó parcialmente la sentencia apelada y declaró la inconstitucionalidad del art. 1, inc. b, de la resolución 670-E/2016 del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, ordenando liquidar el beneficio conforme al art. 40 de la ley 24.043.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CAF 059185/2018/CS001
Ley 24.043 Indemnizacion Recurso extraordinario Inconstitucionalidad Resolucion 670-e/2016 Beneficio previsto en art. 40 Estado nacional Detenidos politicos Dictadura militar Revocacion parcial.

¿Quién es el actor?

Horacio Aníbal Ramírez.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional (Ministerio de Justicia y Derechos Humanos).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

indemnización prevista en la ley 24.043 (beneficio para personas que estuvieron detenidas o sujetas a proceso por razones políticas durante la última dictadura militar).

¿Qué se resolvió?

Se habilitaron días y horas inhábiles exclusivamente para el dictado de la sentencia; se declaró procedente el recurso extraordinario interpuesto por la actora, se revocó parcialmente la sentencia apelada, se declaró la inconstitucionalidad del art. 1, inc. b, de la resolución 670-E/2016 y se dispuso que la liquidación del beneficio se practique conforme al art. 40 de la ley 24.043. Con costas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Corte remite a los fundamentos y conclusiones de la causa "Fernández, María Cristina c/ EN M Justicia y DDHH s/ indemnizaciones - ley 24.043 - art. 3" (sentencia del 8 de octubre de 2019), por considerar que las cuestiones planteadas son sustancialmente análogas. La sentencia no transcribe en este documento los considerandos de fondo; su parte dispositiva es la que define la solución. Se deja constancia de que los jueces Lorenzetti y Rosatti firmaron en localidades distintas en razón de las medidas de aislamiento social preventivo dispuestas por las autoridades nacionales.

Normas que cita

  • Ley 24.043arts. 3, 40 · Indemnizaciones
  • Resolución 670-Earts. 1, inc. b

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