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Corte Suprema

PASCALE VIVIAN LEONOR c/ ESTADO NACIONAL MINISTERIO DEL INTERIOR POLICIA FED s/ACCIDENTE DE TRABAJO/ENFERM. PROF. ACCION CIVIL

La Corte Suprema declaró admisible el recurso extraordinario interpuesto por una actora que reclamaba por un accidente de trabajo contra la Policía Federal Argentina y revocó la sentencia apelada. Lo decidió por remisión a los fundamentos de precedentes análogos, ordenando el dictado de un nuevo pronunciamiento.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CCF 001548/2006/CS001
Accidente de trabajo Enfermedad profesional Policia federal argentina Responsabilidad del estado Recurso extraordinario Admisibilidad Revocacion Remision a precedentes Costas por su orden Competencia laboral civil

¿Quién es el actor?

Vivian Leonor Pascale.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional, Ministerio del Interior (hoy Ministerio de Seguridad), Policía Federal Argentina.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reclamo por accidente de trabajo / enfermedad profesional, con acción civil.

¿Qué se resolvió?

la Corte declaró admisible el recurso extraordinario y revocó la sentencia de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal, Sala III. Las costas se impusieron por su orden. Se devolvieron las actuaciones al tribunal de origen para que dicte un nuevo pronunciamiento conforme a lo decidido.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

el fallo es una remisión. Dice textualmente: "Que las cuestiones traídas a conocimiento de esta Corte presentan sustancial analogía con las debatidas y resueltas en la causa 'Machado' (Fallos: 342:1198) -voto de los jueces Rosenkrantz y Highton de Nolasco-, a cuyos fundamentos corresponde remitir, en lo pertinente, en razón de brevedad." Los votos de Maqueda y Rosatti remiten, respectivamente, a "García" (Fallos: 334:1795) y a "Goyenechea" (Fallos: 340:1296), esta última en su disidencia. El voto de Rosatti aclara que se suscribe en Santa Fe por las medidas de aislamiento preventivo. No se transcribe fundamentación propia adicional.

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