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Corte Suprema

FIGUEROA RUBEN DARIO Y OTROS c/ CAJA DE RETIROS JUBILAC.Y PENS.DE LA POLICIA FEDERAL s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

La Corte Suprema declaró parcialmente procedentes los recursos extraordinarios interpuestos por jubilados y pensionados de la Policía Federal contra la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal. Confirmó las sentencias apeladas en lo que fue materia de agravio, siguiendo los criterios fijados en el precedente Ilardi.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CSS 019922/2016/CS001
Recurso extraordinario Jubilaciones Pensiones Policia federal argentina Caja de retiros Haberes previsionales Personal militar y civil de las ffaa y de seguridad Precedente ilardi Fallos 342:1511 Reajuste previsional

¿Quién es el actor?

Rubén Darío Figueroa y otros (y, en conjunto, numerosos jubilados y pensionados de la Policía Federal Argentina, causas acumuladas).

¿A quién se demanda?

Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal (y, en algunas causas, el Estado Nacional - Ministerio de Seguridad).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajustes de haberes previsionales de personal de la Policía Federal, en el marco del régimen de Personal Militar y Civil de las FFAA y de Seguridad.

¿Qué se resolvió?

la Corte declaró parcialmente procedentes los recursos extraordinarios y confirmó las sentencias apeladas en lo que fue materia de agravio, con los alcances que surgen de los precedentes citados (en especial, "Ilardi, Josefa c/ Caja de Retiros Jubilac. y Pens. de la Policía Federal", sentencia del 4 de junio, y "Bosso, Fabián Gonzalo", Fallos: 342:1511, a cuyos fundamentos se remitieron). Con costas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

la Corte expresa que las cuestiones planteadas guardan "sustancial analogía" con las resueltas en la causa "Ilardi", cuyos fundamentos y conclusiones "en lo pertinente, se dan por reproducidos por razón de brevedad". El juez Rosenkrantz se remite a su voto en "Bosso". No se transcriben en esta sentencia argumentos propios adicionales, por lo que el fundamento sustancial se encuentra en los precedentes citados.

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