JurisprudenciaARG
Corte Suprema

Recurso Queja Nº 1 - CABRERA CELESTINO Y OTRO c/ NAVARRO PEDRO GERMAN Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

La Corte Suprema revocó las decisiones apeladas y admitió que las franquicias previstas en los contratos de seguro son oponibles a los terceros damnificados en accidentes de tránsito. Las sentencias no podrán ejecutarse contra las aseguradoras más allá de los límites de la contratación.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CIV 113133/2011/1/RH001
Seguro obligatorio Franquicia Oponibilidad a terceros Accidente de transito Danos y perjuicios Limites de la contratacion Ejecucion de sentencia Aseguradora Art. 16 ley 48 Recurso extraordinario.

Actor (demandante): Germán y otros; Cabrera, Celestino y otro; Cuenca, Juan Ángel; Alem, Roxana (según las causas acumuladas).

¿A quién se demanda?

Navarro, Pedro Germán y otros; Bernis, Edmundo Alberto y otro; Expreso San Vicente S.A.T.C.I.F.I.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reclamos por daños y perjuicios derivados de accidentes de tránsito con lesiones o muerte.

¿Qué se resolvió?

La Corte declaró procedentes las quejas, formalmente admisibles los recursos extraordinarios, y revocó las decisiones apeladas. Admitió que las franquicias previstas en los contratos de seguro son oponibles a los terceros damnificados y que las sentencias no podrán ser ejecutadas contra las aseguradoras sino en los límites de la contratación (art. 16, segunda parte, ley 48). Con costas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El Tribunal remitió a los precedentes "Nieto", "Villareal" y "Cuello" (Fallos: 329:3054 y 3488; 331:379 y 330:3483), y a las causas "Obarrio" y "Gauna" (sentencias del 4 de marzo de 2008), por tratarse de cuestiones sustancialmente análogas, cuyas consideraciones se dan por reproducidas. El juez Rosenkrantz se remitió a su voto en la causa "Díaz" (Fallos: 341:648). La sentencia no transcribe fundamentos propios adicionales en el texto disponible.

Normas que cita

  • Constitución Nacionalarts. 16, segunda parte
  • Ley 48arts. 16, segunda parte · Justicia nacional

Fallos que cita

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.