ALMIRON, DANIEL ALBERTO c/ EN-M SEGURIDAD-GN s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
Miembros de la Gendarmería Nacional y de otras fuerzas de seguridad reclamaron el reconocimiento de un régimen de equiparación salarial y previsional con el personal militar y civil de las Fuerzas Armadas. La Corte Suprema declaró formalmente admisibles los recursos extraordinarios y confirmó las sentencias apeladas, remitiendo a los fundamentos de las causas Grandoli y Camejo.
¿Quién es el actor?
Daniel Alberto Almirón y otros integrantes de la Gendarmería Nacional (causa madre), junto con numerosos otros actores agrupados en el expediente acumulado.
¿A quién se demanda?
Estado Nacional – Ministerio de Seguridad – Gendarmería Nacional (y, en algunas causas acumuladas, Ejército Argentino o Policía Federal Argentina).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Personal Militar y Civil de las FFAA y de Seguridad (régimen de haberes y beneficios del personal de fuerzas de seguridad en actividad y retiro).
¿Qué se resolvió?
La Corte declaró formalmente admisibles los recursos extraordinarios interpuestos y confirmó las sentencias recurridas, con costas. La decisión se fundó en remisión a lo resuelto en "Grandoli" (CAF 41658/2014) y, en lo pertinente, en "Camejo" (CAF 29886/2015), ambas del 17 de junio de 2021, por existir sustancial analogía de las cuestiones debatidas.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La sentencia no desarrolla considerandos propios, sino que remite por razones de brevedad a los fundamentos de "Grandoli" y "Camejo". Textualmente: "Que las cuestiones planteadas guardan sustancial analogía con las debatidas y resueltas por esta Corte en la causa CAF 41658/2014/CA1-CS1 'Grandoli, Marcelo Fabián y otros c/ EN –M Seguridad- GN s/ Personal Militar y Civil de las FFAA y de Seg.', sentencia del 17 de junio de 2021, a la que corresponde remitir por razones de brevedad." Y agrega: "El juez Rosenkrantz remite a su voto en la causa CAF 29886/2015/CA1-CS1 'Camejo, Ricardo Esteban y otros c/ EN – M Seguridad – PNA…', sentencia del 17 de junio de 2021." No se registran votos en disidencia en el texto.
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