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Corte Suprema

MELGAREJO, RAUL ANIBAL Y OTROS c/ EN - M SEGURIDAD - PNA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

Los integrantes del personal militar y civil de las Fuerzas Armadas y de Seguridad reclamaron diferencias salariales y suplementos vinculados al régimen de haberes. La Corte Suprema declaró formalmente admisibles los recursos extraordinarios, pero confirmó las sentencias de Cámara por remisión a la causa Camejo de la misma fecha.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CAF 036898/2017/CS001
Recurso extraordinario Personal militar y civil Fuerzas armadas y de seguridad Suplementos salariales Haberes Remision a precedente Confirmacion de sentencia Policia federal argentina Costas Analogia de cuestiones.

¿Quién es el actor?

Raúl Aníbal Melgarejo y otros (personal militar y civil de las Fuerzas Armadas y de Seguridad, incluyendo causas conexas).

¿A quién se demanda?

Estado Nacional – Ministerio de Seguridad – Policía Federal Argentina y otros organismos según cada causa.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

diferencias de haberes y suplementos en el marco del régimen de personal militar y civil de las FFAA y de Seguridad.

¿Qué se resolvió?

la Corte declaró formalmente admisibles los recursos extraordinarios y confirmó las sentencias apeladas, con costas. La decisión se fundó por remisión al voto de la causa "Camejo, Ricardo Esteban y otros c/ EN – M Seguridad – PNA s/ Personal Militar y Civil de las FFAA y de Seg.", sentencia del 17 de junio de 2021, dado que las cuestiones planteadas guardan sustancial analogía con aquella.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que las cuestiones planteadas guardan sustancial analogía con las debatidas y resueltas por esta Corte en la causa CAF 29886/2015/CA1-CS1 'Camejo, Ricardo Esteban y otros c/ EN –M Seguridad- PNA s/ Personal Militar y Civil de las FFAA y de Seg.', sentencia del 17 de junio de 2021, a la que corresponde remitir por razones de brevedad. El juez Rosenkrantz remite a su voto en la causa mencionada." No se registran votos en disidencia en este pronunciamiento.

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