JurisprudenciaARG
Corte Suprema

FRANCO, ARIEL GUSTAVO c/ EN-M SEGURIDAD-PNA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

La Corte Suprema declaró formalmente admisibles los recursos extraordinarios interpuestos en un conjunto de causas de personal militar y civil de las Fuerzas Armadas y de Seguridad contra el Estado Nacional (Ministerio de Seguridad, Policía Nacional de Argentina). La Corte confirmó las sentencias apeladas por remisión a los fundamentos de la causa Camejo, Ricardo Esteban (Fallos: 344:1388), por guardar sustancial analogía con las cuestiones allí resueltas.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CAF 032503/2017/CS001
Recurso extraordinario Confirmacion de sentencia Remision a precedente Fallos 344:1388 Camejo Personal militar Fuerzas de seguridad Policia federal Prefectura naval Estado nacional

¿Quién es el actor?

Ariel Gustavo Franco y demás actores de las causas acumuladas (personal de las fuerzas de seguridad y militares, según la numerosa nómina de actores de las causas listadas en el encabezado).

¿A quién se demanda?

Estado Nacional, Ministerio de Seguridad, Policía Federal Argentina / Policía de Seguridad Aeroportuaria / Prefectura Naval Argentina (EN-M SEGURIDAD-PNA y demás organismos individualizados en las causas).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reclamos en materia de personal militar y civil de las Fuerzas Armadas y de Seguridad (causas caratuladas "Personal Militar y Civil de las FFAA y de Seg.").

¿Qué se resolvió?

la Corte declaró formalmente admisibles los recursos extraordinarios y confirmó las sentencias apeladas, sin especial imposición de costas por no haber mediado actividad válida de la contraria.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que las cuestiones planteadas guardan sustancial analogía con las debatidas y resueltas por esta Corte en la causa 'Camejo, Ricardo Esteban' (Fallos: 344:1388), a la que corresponde remitir por razones de brevedad." "El juez Rosenkrantz remite a su voto en la causa mencionada." "Por ello, se declaran formalmente admisibles los recursos extraordinarios y se confirman las sentencias apeladas." El fallo no contiene desarrollo argumental propio: su fundamento es la remisión a Camejo. Los votos en disidencia no se mencionan en el texto.

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