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Corte Suprema

Recurso Queja Nº 1 - LEZCANO, PABLO GABRIEL Y OTROS c/ EN - M SEGURIDAD - GN s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

La Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró formalmente admisibles los recursos extraordinarios interpuestos por el Estado Nacional en numerosas causas de personal de Gendarmería Nacional sobre reclamos vinculados a suplementos y haberes. Confirmó las sentencias de la Cámara que habían resuelto favorablemente a los reclamantes, remitiendo a los fundamentos del precedente Grandoli y Camejo.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CAF 087424/2017/1/RH001
Recurso extraordinario Queja Gendarmeria nacional Personal militar y civil Haberes Suplementos Fuerzas de seguridad Remision a precedentes Acordada 47/91 Costas.

Demandantes (Actores): Pablo Gabriel Lezcano y otros, integrantes del personal de Gendarmería Nacional, junto con los restantes actores de las causas acumuladas.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional – Ministerio de Seguridad – Gendarmería Nacional.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamos de personal militar y civil de las Fuerzas Armadas y de Seguridad relacionados con sus haberes y suplementos.

¿Qué se resolvió?

La Corte declaró formalmente admisibles los recursos extraordinarios, hizo lugar a las quejas y confirmó las sentencias apeladas, con costas. Exímese a las recurrentes de integrar el depósito previo, cuyo pago se encuentra diferido conforme la acordada 47/91.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El tribunal señaló que las cuestiones planteadas guardan sustancial analogía con las debatidas y resueltas en la causa "Grandoli, Marcelo Fabián y otros c/ EN – M Seguridad – GN s/ Personal Militar y Civil de las FFAA y de Seg.", sentencia del 17 de junio de 2021, y con el precedente "Camejo" (Fallos: 344:1388), a cuyos fundamentos corresponde remitir por razones de brevedad. El juez Rosenkrantz remitió a su voto en "Camejo". No se transcriben fundamentos propios adicionales en la presente resolución.

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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