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Corte Suprema

Recurso Queja Nº 1 - ACUÑA, GUILLERMO DAMIAN c/ SWISS MEDICAL ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

La Corte Suprema de Justicia de la Nación hizo lugar a los recursos extraordinarios deducidos por las aseguradoras de riesgos del trabajo en múltiples causas por accidentes laborales y dejó sin efecto las sentencias apeladas. Los cuestionamientos de constitucionalidad de la ley 27.348 fueron resueltos remitiendo a los fundamentos del precedente Pogonza (Fallos: 344:2307).

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CNT 042410/2018/1/RH001
Riesgos del trabajo Accidente de trabajo Ley 27.348 Comisiones medicas Constitucionalidad Recurso extraordinario Aseguradora de riesgos del trabajo Pogonza Enfermedad profesional Ley especial.

¿Quién es el actor?

Diversos trabajadores damnificados por accidentes o enfermedades laborales (entre ellos, Guillermo Damián Acuña, José Maximiliano Rocha, Francisco Leonardo Quiñones, Eulogio Arsenio Pérez, entre otros).

¿A quién se demanda?

Las aseguradoras de riesgos del trabajo (Swiss Medical ART S.A., Federación Patronal Seguros S.A., La Segunda ART S.A., Provincia ART S.A., Asociart ART S.A., entre otras).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamos indemnizatorios por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, en el marco de la ley especial de riesgos del trabajo.

¿Qué se resolvió?

La Corte hizo lugar a las quejas, declaró procedentes los recursos extraordinarios, dejó sin efecto las sentencias apeladas y ordenó que los autos vuelvan al tribunal de origen para que se dicten nuevos pronunciamientos conforme al criterio fijado. Las costas se impusieron por su orden, en atención a la índole de la cuestión planteada (art. 68, última parte, del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

> "Que los cuestionamientos de las apelantes vinculados con la constitucionalidad de la ley 27.348 encuentran adecuada respuesta en el pronunciamiento dictado por esta Corte en la causa 'Pogonza' (Fallos: 344:2307), a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir, en lo pertinente, en razón de brevedad."

> "Por ello, se hace lugar a las quejas, se declaran procedentes los recursos extraordinarios y se dejan sin efecto las sentencias apeladas con el alcance indicado."

El fallo no desarrolla fundamentos propios: su razonamiento se remite íntegramente a la doctrina sentada en "Pogonza" respecto de la constitucionalidad de la ley 27.348, que modificó el régimen de la Ley de Riesgos del Trabajo en materia de comisiones médicas y vía judicial. No se registran votos en disidencia.

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