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Corte Suprema

REQUERIDO: STEFANOV , PLAMEN BOIANOV s/EXTRADICION

La Corte Suprema revocó la sentencia del Juzgado Federal N° 2 de San Juan que había concedido la extradición de Plamen Boianov Stefanov a la República de Bulgaria, por falta de testimonio o fotocopia autenticada de la resolución judicial que dispuso la detención, requisito del artículo 13, inciso d, de la ley 24.767. La decisión declaró improcedente el pedido.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
FMZ 039516/2016/CS001
Extradicion Ley 24.767 Cooperacion internacional en materia penal Resolucion judicial Orden europea de detencion Bulgaria Testimonio autenticado Requisitos formales Recurso ordinario Ejecucion de pena

¿Quién es el actor?

República de Bulgaria (Estado requirente).

¿A quién se demanda?

Plamen Boianov Stefanov (requerido).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Extradición del requerido para cumplir una pena total de cuatro años, ocho meses y cinco días de prisión, fundada en sentencias condenatorias búlgaras.

¿Qué se resolvió?

Revocó la resolución de fs. 367/382 y declaró improcedente el pedido de extradición. El fundamento central es que no surge la existencia de "testimonio o fotocopia autenticada de la resolución judicial que dispuso la detención del procesado" (art. 13, inc. d, ley 24.767). El acto dictado por la fiscal E. Vaklinova de la Fiscalía de la ciudad de Sofía no puede tener ese carácter, y la exigencia responde a la solución legal para países sin tratado de extradición (art. 3° de la ley 24.767). Por ello, el Tribunal consideró insustancial pronunciarse sobre las restantes cuestiones.

¿Cómo votaron los jueces?

Confirmaba la sentencia apelada compartiendo los fundamentos del Procurador General interino, que había recomendado confirmar la extradición y desestimar los planteos de la defensa (validez de la orden europea de detención emitida por el fiscal, ausencia del requerido en la audiencia de unificación de penas, y vínculo familiar con un hijo menor). Este criterio quedó en minoría.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

> "Este Tribunal resuelve: Revocar la resolución de fs. 367/382 y declarar improcedente el pedido de extradición solicitado por la República de Bulgaria respecto de Plamen Boianov Stefanov."

> "No puede asignársele ese carácter al acto dictado por la fiscal E. Vaklinova de la Fiscalía de la ciudad de Sofía, el 10 de marzo de 2014 (conf. fs. 185/186 traducción del texto en idioma de origen agregado a fs. 187) que dio sustento a la orden europea de captura y entrega europea publicada en los boletines de I.N.T.E.R.P.O.L. con fecha 22 de julio de 2015..."

> "Se trata de una exigencia que responde a los explícitos términos de la ley interna y es la solución escogida por el legislador para regir las relaciones de la República Argentina, en materia de extradición, con aquellos países con los –como sucede en el sub lite con la República de Bulgaria- no existe tratado sobre la materia (artículo 3° de la ley 24.767)."

Leyes que cita

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