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Corte Suprema

Recurso Queja Nº 1 - LUCERO ARMANDO RAMON Y OTROS c/ ESTADO NACIONAL Y OTROS s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

La Corte Suprema hizo lugar a la queja interpuesta por el Estado Nacional (Gendarmería Nacional), declaró admisible el recurso extraordinario y confirmó la sentencia apelada en el reclamo de personal militar y civil de las Fuerzas Armadas y de Seguridad por los derechos previsionales, remitiendo a los precedentes Grandoli y Camejo.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CSS 000938/2016/1/RH001
Recurso de queja Recurso extraordinario Personal militar y civil Fuerzas armadas Fuerzas de seguridad Gendarmeria nacional Seguridad social Precedente grandoli Precedente camejo Art. 280 cpccn

¿Quién es el actor?

Armando Ramón Lucero y otros.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional y otros.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reclamo en materia de personal militar y civil de las Fuerzas Armadas y de Seguridad.

¿Qué se resolvió?

se hace lugar a la queja, se declara formalmente admisible el recurso extraordinario y se confirma la sentencia apelada, con los alcances surgidos de los precedentes citados. Costas a la parte vencida; se exime al recurrente de integrar el depósito diferido (acordada 47/91).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que las cuestiones planteadas guardan sustancial analogía con las debatidas y resueltas por esta Corte en la causa CAF 41658/2014/CS1-CA1 'Grandoli, Marcelo Fabián y otros c/ EN –M Seguridad- GN s/ Personal Militar y Civil de las FFAA Y de Seg.', sentencia del 17 de junio de 2021, a la que corresponde remitir por razones de brevedad." "El juez Rosenkrantz remite a su voto en el precedente 'Camejo' (Fallos: 344:1388)." "En lo que se refiere al restante cuestionamiento del recurso extraordinario se desestima (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)."

Leyes que cita

  • Ley 17.454Codigo procesal civil y comercial de la nacion

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