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Corte Suprema

Recurso Queja Nº 1 - Incidente Nº 2 - IMPUTADO: NUÑEZ MUÑOZ, CRISTOPHER ESTEBAN s/INCIDENTE DE RECURSO EXTRAORDINARIO

El Fiscal General ante la Cámara Federal de Casación Penal dedujo recurso de queja contra la denegatoria de un recurso extraordinario en la causa penal económica seguida contra Cristopher Esteban Núñez Muñoz. La Corte Suprema hizo lugar a la queja, declaró procedente el recurso extraordinario y dejó sin efecto la sentencia apelada, ordenando dictar un nuevo pronunciamiento conforme a lo resuelto en la causa Chukwudi, Anthoni.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CPE 000023/2015/3/1/2/1/RH002
Recurso de queja Recurso extraordinario Camara federal de casacion penal Causa penal economica Fiscal general Denegatoria de recurso Remision a precedente Nuevo pronunciamiento Procurador general de la nacion Sentencia dejada sin efecto.

Actor (recurrente): Dr. Ricardo Gustavo Wechsler, Fiscal General titular de la Fiscalía Nacional n° 3 ante la Cámara Federal de Casación Penal.

¿A quién se demanda?

Núñez Muñoz, Cristopher Esteban (imputado en la causa penal económica).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Recurso de queja por denegatoria del recurso extraordinario deducido contra la sentencia de la Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la queja, se declaró procedente el recurso extraordinario y se dejó sin efecto la sentencia apelada, devolviendo los autos al tribunal de origen para un nuevo pronunciamiento.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El fallo no desarrolla fundamentos propios, sino que remite, "en razón de brevedad", a las consideraciones vertidas en la causa CPE 990000182/2013/TO1/6/1/1/RH3 "Chukwudi, Anthoni s/ incidente de recurso extraordinario", resuelta el 11 de noviembre de 2021, y coincide con lo propiciado por el señor Procurador General de la Nación interino. Textualmente: "Que al caso resultan aplicables, en lo pertinente, las consideraciones vertidas en la causa [...] a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitirse en razón de brevedad."

No se registran votos en disidencia.

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