JurisprudenciaARG
Corte Suprema

CHEUQUE, APOLINARIO Y OTRO c/ PODER EJECUTIVO NACIONAL - MINISTERIO DE SEGURIDAD DE LA NACION s/SUPLEMENTOS FUERZAS ARMADAS Y DE SEGURIDAD

Los actores reclamaron suplementos previstos para integrantes de las Fuerzas Armadas y de Seguridad, en el marco de un litigio análogo al resuelto en Grandoli. La Corte Suprema declaró parcialmente admisible el recurso extraordinario del Estado Nacional y confirmó la sentencia apelada en lo que fue materia de agravio, por remisión a sus precedentes, declarando inadmisible el cuestionamiento sobre la tasa de interés aplicable.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
FGR 030703/2017/CS001
Suplementos Fuerzas armadas y de seguridad Gendarmeria nacional Personal militar y civil Recurso extraordinario Remision a precedentes Tasa de interes Art. 280 cpccn Admisibilidad parcial Confirmacion

¿Quién es el actor?

Apolinario Cheuque y Antonela Judit Izaguirre.

¿A quién se demanda?

Poder Ejecutivo Nacional - Ministerio de Seguridad de la Nación (Gendarmería Nacional).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo de suplementos previstos para el personal de las Fuerzas Armadas y de Seguridad.

¿Qué se resolvió?

Se declara parcialmente admisible el recurso extraordinario y se confirma la sentencia apelada en lo que fue materia de agravio, con los alcances de los precedentes citados (CAF 41658/2014 "Grandoli" y "Camejo", Fallos: 344:1388). Se declara inadmisible, por aplicación del art. 280 del CPCCN, el cuestionamiento del Estado Nacional relativo a la tasa de interés aplicable. Con costas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que las cuestiones planteadas guardan sustancial analogía con las debatidas y resueltas por esta Corte en la causa CAF 41658/2014/CS1-CA1 'Grandoli, Marcelo Fabián y otros c/ EN –M Seguridad- GN s/ Personal Militar y Civil de las FFAA y de Seg.', sentencia del 17 de junio de 2021, a la que corresponde remitir por razones de brevedad. El juez Rosenkrantz remite a su voto en el precedente 'Camejo' (Fallos: 344:1388). Que, en cambio, el cuestionamiento del Estado Nacional relativo a la tasa de interés aplicable es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)."

Leyes que cita

  • Ley 17.454Codigo procesal civil y comercial de la nacion

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.