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Corte Suprema

HUANG, DELIN c/ DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES s/CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO-VARIOS

La Corte Suprema confirmó la sentencia que había rechazado el planteo de un ciudadano chino contra la Dirección Nacional de Migraciones, aplicando el criterio sentado en el precedente Huang, Qiuming respecto de la causal impediente del art. 29, inc. i, de la ley 25.871. Los restantes agravios fueron declarados inadmisibles por aplicación del art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
FRO 030229/2019/CS001
Migraciones Ley 25.871 Art. 29 inc. i Causal impediente Ingreso y permanencia de extranjeros Recurso extraordinario Art. 280 cpccn Precedente huang Qiuming Ciudadano chino Direccion nacional de migraciones.

¿Quién es el actor?

Delin Huang, ciudadano extranjero (de nacionalidad china), patrocinado por el Dr. Lisandro Fontan Manuello.

¿A quién se demanda?

Dirección Nacional de Migraciones, representada por el Dr. Alejandro Francisco Muiños.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

impugnación de la decisión administrativa que aplicó la causal impediente de ingreso y permanencia prevista en el art. 29, inc. i, de la ley 25.871 de Migraciones.

¿Qué se resolvió?

la Corte declaró parcialmente procedente el recurso extraordinario y confirmó la sentencia apelada, con costas. Remitió a lo resuelto en la causa "Huang, Qiuming" (Fallos: 344:3580) respecto de los agravios sobre la configuración del supuesto del art. 29, inc. i, por tratarse de cuestiones sustancialmente análogas. Declaró inadmisibles los restantes planteos por aplicación del art. 280 del CPCCN.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que los agravios referentes a la configuración del supuesto previsto en el art. 29, inc. i, de la ley 25.871, como causal impediente del ingreso y permanencia de extranjeros en el territorio nacional remiten al examen de cuestiones sustancialmente análogas a las resueltas por esta Corte en la causa 'Huang, Qiuming' (Fallos: 344:3580), a la que cabe remitir en razón de brevedad." "Que los restantes planteos formulados por el recurrente resultan inadmisibles (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)." Los considerandos son breves y no contienen votos individuales ni disidencias.

Normas que cita

  • Ley 25.871art. 29 · Migraciones
  • CPCCNart. 280 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

Fallos que cita

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