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Corte Suprema

Recurso Queja Nº 1 - ALE RO SACIFIA c/ EN-M ECONOMIA Y FP-UCESCI s/PROCESO DE CONOCIMIENTO

La Corte Suprema de Justicia de la Nación hizo lugar a las quejas por denegación de recursos extraordinarios interpuestos por la demandada en un proceso de conocimiento seguido por una sociedad anónima contra el Estado Nacional. La Corte, por mayoría, confirmó las sentencias apeladas por remisión a su precedente Glibota, Pedro Pablo y otros (Fallos: 344:3573).

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CAF 075903/2014/1/RH001
Recurso extraordinario Queja Remision a precedente Glibota Corte suprema Proceso de conocimiento Confirmacion de sentencia Estado nacional Acordada 47/91 Deposito art. 286 cpccn

¿Quién es el actor?

Ale Ro SACIFIA.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional (EN - Ministerio de Economía y Finanzas Públicas - UCESCI).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

proceso de conocimiento. El texto de la sentencia no detalla el objeto específico del reclamo.

¿Qué se resolvió?

por mayoría, se hicieron lugar a las quejas, se declararon admisibles los recursos extraordinarios y se confirmaron las sentencias apeladas, con costas. Se eximió a la recurrente de integrar el depósito del art. 286 del CPCCN, cuyo pago quedó diferido conforme la acordada 47/91 en la causa CAF 75903/2014/2/RH2, y se ordenó reintegrar el depósito de fs. 53 en la causa CAF 75903/2014/1/RH1.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que las cuestiones planteadas por el recurrente son sustancialmente análogas a las debatidas y resueltas por esta Corte en la causa 'Glibota, Pedro Pablo y otros' (Fallos: 344:3573), a cuyos términos corresponde remitir, en lo pertinente, por razón de brevedad." El juez Rosenkrantz remitió a su precedente citado en su propia disidencia en Glibota. No se transcriben fundamentos adicionales en el texto analizado.

Leyes que cita

  • Ley 17.454Codigo procesal civil y comercial de la nacion

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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