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Corte Suprema

ADAMI HECTOR ENRIQUE Y OTROS c/ CAJA DE RETIROS JUBILAC.Y PENS.DE LA POLICIA FEDERAL s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

Los recursos extraordinarios interpuestos por los jubilados y pensionados de la Policía Federal Argentina contra la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal fueron declarados formalmente admisibles. La Corte confirmó las sentencias apeladas en lo que fue materia de agravio, remitiendo a los fundamentos del precedente “Di Nanno, Camilo” (Fallos: 345:702).

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CSS 001644/2018/CS001
Recurso extraordinario Personal militar y civil de las ffaa y de seguridad Caja de retiros Jubilaciones y pensiones de la policia federal Prevision social Haberes jubilatorios Remision a precedente Di nanno Fallos 345:702 Confirmacion de sentencias Admisibilidad formal.

¿Quién es el actor?

Héctor Enrique Adami y otros (en conjunto, más de una veintena de causas acumuladas: Lugaro, Mosquera, Parra, Brignole, Cepeda, Anrrique, Dejesús, Gabilán, Menniti, Gallardo, Donnamaría, Saladino, Li Rosi, Boubeta, Galdini, Kallsten, Cáceres, Fariña, Carbia y Álvarez).

¿A quién se demanda?

Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal Argentina.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamos previsionales vinculados al régimen de personal militar y civil de las Fuerzas Armadas y de Seguridad (causas caratuladas “Personal militar y civil de las FFAA y de Seg.”).

¿Qué se resolvió?

La Corte Suprema declaró formalmente admisibles los recursos extraordinarios y confirmó las sentencias apeladas en lo que fue materia de agravio, con los alcances que surgen del precedente “Di Nanno, Camilo”, al que remitió por razones de brevedad. Se impusieron las costas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Según el considerando único, las cuestiones planteadas encuentran adecuada respuesta en lo resuelto por el Tribunal en la causa “Di Nanno, Camilo” (Fallos: 345:702). El juez Rosenkrantz remitió a su voto en dicho precedente. La sentencia no desarrolla fundamentos propios; su fundamentación se traslada íntegramente al antecedente citado.

Cita textual: “Que las cuestiones planteadas encuentran adecuada respuesta con lo resuelto por este Tribunal en la causa ‘Di Nanno, Camilo’ (Fallos: 345:702), a la que corresponde remitir por razones de brevedad.”

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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