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Corte Suprema

AVANZI JUAN CARLOS Y OTROS c/ CAJA DE RETIROS JUBILAC.Y PENS.DE LA POLICIA FEDERAL s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

Los jubilados y pensionados de la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal reclamaron el reajuste de sus haberes previsionales en el marco del régimen de personal militar y civil de las Fuerzas Armadas y de Seguridad. La Corte Suprema declaró formalmente admisibles los recursos extraordinarios y confirmó las sentencias apeladas, remitiendo a los fundamentos del precedente Di Nanno, Camilo (Fallos: 345:702).

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CSS 097387/2018/CS001
Jubilaciones Pensiones Policia federal Caja de retiros Personal militar y civil Fuerzas armadas Seguridad social Recurso extraordinario Confirmacion por remision Di nanno

¿Quién es el actor?

Juan Carlos Avanzi y otros (y demás causas acumuladas: Ottonello, Santoro, Monzón, Zalazar, Buleci, Navarrot, Lavranos, Johansen, Badía, Parra, Ortiz, Reyna, Damonte, Sánchez, Díaz, Ramírez, Sosa, Zabala, Jurevich).

¿A quién se demanda?

Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reclamos previsionales de jubilados y pensionados de la Policía Federal, en el marco del régimen de personal militar y civil de las Fuerzas Armadas y de Seguridad.

¿Qué se resolvió?

se declararon formalmente admisibles los recursos extraordinarios interpuestos y se confirmaron las sentencias apeladas en lo que fue materia de agravio, con los alcances que surgen del precedente "Di Nanno, Camilo" (Fallos: 345:702), con costas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que las cuestiones planteadas encuentran adecuada respuesta en lo resuelto por este Tribunal en la causa 'Di Nanno, Camilo' (Fallos: 345:702), a la que corresponde remitir por razones de brevedad."

"El juez Rosenkrantz remite a su voto en el precedente mencionado."

El fallo es unánime y no contiene disidencias. La decisión se fundamenta por remisión al precedente citado, sin desarrollo argumental propio en esta sentencia.

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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