RAMALLO ADRIAN RENE Y OTROS c/ CAJA DE RETIROS JUBILAC.Y PENS.DE LA POLICIA FEDERAL s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
Los jubilados y pensionados de la Policía Federal Argentina reclamaron contra la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal por el régimen previsional aplicable a sus haberes. La Corte Suprema declaró formalmente admisibles los recursos extraordinarios y confirmó las sentencias apeladas, remitiendo por razones de brevedad a la doctrina fijada en la causa Di Nanno, Camilo (Fallos: 345:702).
¿Quién es el actor?
Adrián René Ramallo, José Luis Pastor, Daniel José Cirulli, Lelia del Carmen Rivadeneira, Hugo Fabio Barrios, Francisco Luis Ifrán, Héctor Mario D'Alessio, Héctor Agustín Klein, Francisco Favian Gómez, René Aurora Rodríguez, Gisselle Alicia Scaltritti, Rodolfo Segovia, Raúl Omar Ceballos, Domingo Orlando Prata, Liliana del Valle Modi, Ana María Barbieri, Alfredo Mauricio Torino, Celeste Aida Loggia, Eugenio Álvarez García, Héctor Eduardo García, Ernesto Juan Pisani y otros.
¿A quién se demanda?
Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal (CRJPPFA) y, en algunos expedientes, el Estado Nacional - Ministerio de Seguridad.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reclamos previsionales de personal militar y civil de las Fuerzas Armadas y de Seguridad, vinculados al régimen de haberes de retiro y pensiones.
¿Qué se resolvió?
la Corte declaró formalmente admisibles los recursos extraordinarios y confirmó las sentencias apeladas en lo que fue materia de agravio, con los alcances que surgen del precedente "Di Nanno", con costas.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Las cuestiones planteadas encuentran adecuada respuesta en lo resuelto por este Tribunal en la causa 'Di Nanno, Camilo' (Fallos: 345:702), a la que corresponde remitir por razones de brevedad." "El juez Rosenkrantz remite a su voto en el precedente mencionado." La resolución es breve y no contiene desarrollo argumental propio: la fundamentación sustancial se encuentra en el precedente citado, al que se remite. No hay votos en disidencia.
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