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Corte Suprema

Recurso Queja Nº 1 - SILVA MARIELA Y OTROS c/ CLINICA Y MATERNIDAD SUIZO ARGENTINA Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS

Las aseguradoras y la clínica cuestionaron la indemnización por daño moral otorgada a los hermanos de la víctima en un caso de daños por mala praxis médica en una maternidad. La Corte Suprema hizo lugar a la queja, declaró procedente el recurso extraordinario respecto del daño moral a los hermanos (remitiendo a la doctrina de Lima, Maira Joana) y dejó sin efecto la sentencia, ordenando dictar un nuevo fallo.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CIV 007169/2013/1/RH001
Danos y perjuicios Mala praxis medica Responsabilidad medico-sanatorial Dano moral Hermanos de la victima Legitimacion para reclamar dano moral Recurso extraordinario Recurso de queja Art. 280 cpccn Lima Maira joana.

¿Quién es el actor?

Mariela Silva y otros (familiares de la víctima).

¿A quién se demanda?

Clínica y Maternidad Suizo Argentina y otros; en la queja, Swiss Medical S.A. y S.M.G. Compañía Argentina de Seguros S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

indemnización por daños y perjuicios derivados de la atención médica y del fallecimiento/lesión de la víctima, incluyendo daño moral a sus familiares.

¿Qué se resolvió?

se hace lugar a la queja; se declara procedente el recurso extraordinario en lo relativo a la indemnización por daño moral otorgada a los hermanos de la víctima, con remisión a los fundamentos de "Lima, Maira Joana y otros" (Fallos: 340:1185); los restantes agravios son inadmisibles (art. 280 CPCCN). Se deja sin efecto el pronunciamiento impugnado, con costas, y se devuelven los autos al tribunal de origen para dictar un nuevo fallo conforme a lo expresado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que los cuestionamientos de la apelante vinculados a la indemnización por daño moral otorgada en favor de los hermanos de la víctima, encuentran adecuada respuesta en el pronunciamiento dictado por esta Corte en la causa 'Lima, Maira Joana y otros' (Fallos: 340:1185), a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir en lo pertinente en razón de brevedad." "Que respecto de los restantes agravios, el recurso extraordinario, cuya denegación originó esta presentación directa es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)."

Leyes que cita

  • Ley 17.454Codigo procesal civil y comercial de la nacion

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