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Corte Suprema

ARASHIRO WALTER JAVIER Y OTRO c/ MINISTERIO DE JUSTICIA SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

La Corte Suprema declaró formalmente admisibles los recursos extraordinarios interpuestos por el personal militar y civil de las Fuerzas Armadas y de Seguridad en reclamos contra el Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos. Confirmó las sentencias apeladas remitiendo, por razones de brevedad, al precedente “Gines” (Fallos 345:401), sin imponer costas.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CSS 002848/2017/CS001
Recurso extraordinario Personal militar y civil Fuerzas armadas Fuerzas de seguridad Ministerio de justicia Remision a precedente Precedente gines Confirmacion de sentencia Sin costas Formal admisibilidad

¿Quién es el actor?

Walter Javier Arashiro y otros (acumulados con otras causas de personal militar y civil de las FFAA y de Seguridad).

¿A quién se demanda?

Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos (Estado Nacional).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reclamos de personal militar y civil de las Fuerzas Armadas y de Seguridad, cuyo contenido específico no se desarrolla en el texto de la resolución.

¿Qué se resolvió?

se declaran formalmente admisibles los recursos extraordinarios y se confirman las sentencias apeladas en lo que fue materia de agravio, con los alcances del precedente “Gines”. Sin costas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

“las cuestiones planteadas encuentran adecuada respuesta en lo resuelto por este Tribunal en la causa ‘Gines’ (Fallos: 345:401), a la que corresponde remitir, en lo pertinente, por razones de brevedad.” El juez Rosenkrantz remite a su voto en el mencionado precedente. No se registran votos en disidencia.

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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