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Corte Suprema

BERGAGLIO NESTOR OMAR Y OTRO c/ CAJA DE RETIROS JUBILAC.Y PENS.DE LA POLICIA FEDERAL s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

Jubilados y pensionados de la Policía Federal Argentina reclamaron contra la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal por la movilidad de sus haberes previsionales. La Corte Suprema confirmó las sentencias apeladas, remitiendo por razones de brevedad a los fundamentos del precedente Di Nanno, Camilo (Fallos: 345:702).

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CSS 099885/2019/CS001
Caja de retiros jubilaciones y pensiones de la policia federal Movilidad previsional Haberes jubilatorios Personal militar y civil de las ffaa y de seguridad Recurso extraordinario Confirmacion de sentencia Precedente di nanno Seguridad social Fallos 345:702.

¿Quién es el actor?

Néstor Omar Bergaglio y otros (conforme se individualizan las 22 causas acumuladas: Bergaglio, Juárez, Leguizamón, Molinelli Wells, Uset, Castro, Fiordelli, Santa Cruz, Tirapelle, Echalecu, Ábalos, Maidana, Pereyra, Iannuzzo, Alen, Gallardi, Méndez, Lamas, Aquino, González, Álvarez, entre otros).

¿A quién se demanda?

Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reclamos previsionales de personal militar y civil de las Fuerzas Armadas y de Seguridad (régimen de la Policía Federal Argentina).

¿Qué se resolvió?

la Corte declaró formalmente admisibles los recursos extraordinarios interpuestos y confirmó las sentencias apeladas en lo que fue materia de agravio, con los alcances del precedente "Di Nanno", con costas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"las cuestiones planteadas encuentran adecuada respuesta en lo resuelto por este Tribunal en la causa 'Di Nanno, Camilo' (Fallos: 345:702), a la que corresponde remitir por razones de brevedad." El juez Rosenkrantz remitió a su voto en el precedente mencionado. No se transcriben argumentos adicionales, dado que la sentencia remite íntegramente al antecedente citado.

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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