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Corte Suprema

CARRIZO, NERIO c/ ANSES s/RETIRO POR INVALIDEZ (ART 49 P.4. LEY 24,241)

La Corte Suprema admitió formalmente el recurso extraordinario interpuesto por la ANSeS, revocó la sentencia de la Cámara Federal de la Seguridad Social y rechazó la apelación del actor contra el dictamen de la Comisión Médica Central en un caso de retiro por invalidez, por ser sustancialmente análogo a Sosa, Raúl (Fallos: 340:2021). El Presidente Rosatti votó en disidencia por desestimar el recurso extraordinario por inadmisible.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CSS 139537/2017/CS001
Retiro por invalidez Ley 24.241 Art. 49 inc. 4 Comision medica central Recurso extraordinario Anses Seguridad social Invalidez previsional Sosa Raul Ley 48 art. 16.

¿Quién es el actor?

Nerio Carrizo.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

retiro por invalidez previsto en el art. 49 inc. 4 de la ley 24.241.

¿Qué se resolvió?

la mayoría de la Corte declaró formalmente admisible el recurso extraordinario, revocó la sentencia apelada y rechazó la apelación del actor contra el dictamen de la Comisión Médica Central. Costas por su orden. El Presidente Rosatti votó en disidencia, por considerar inadmisible el recurso extraordinario.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

la Corte remite, por razón de brevedad, a los fundamentos y conclusiones de la causa "Sosa, Raúl" (Fallos: 340:2021), por considerar que la cuestión es sustancialmente análoga. Textualmente: "la cuestión que se suscita en autos resulta sustancialmente análoga a la resuelta por el Tribunal en la causa 'Sosa, Raúl' (Fallos: 340:2021), a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir por razón de brevedad."

¿Cómo votaron los jueces?

"el recurso extraordinario resulta inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación). Por ello, se lo desestima."

Leyes que cita

  • Ley 17.454Codigo procesal civil y comercial de la nacion
  • Ley 24.241Sistema integrado de jubilaciones y pensiones

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