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Corte Suprema

Recurso Queja Nº 1 - GONZALEZ ROQUE JACINTO Y OTROS c/ CAJA DE RETIROS JUBILAC.Y PENS.DE LA POLICIA FEDERAL s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

Los actores, jubilados de la Policía Federal, reclamaron a la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal por haberes previsionales y su actualización. La Corte Suprema declaró formalmente admisibles las quejas y los recursos extraordinarios, y confirmó las sentencias apeladas en lo que fue materia de agravio, remitiendo por razones de brevedad al precedente Di Nanno (Fallos: 345:702).

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CSS 023329/2018/1/RH001
Caja de retiros jubilaciones y pensiones policia federal Haberes previsionales Personal militar y civil ffaa y de seguridad Recurso extraordinario Queja Precedente di nanno Confirmacion Costas Jubilados policiales.

¿Quién es el actor?

Roque Jacinto González, Hugo Lobos, Richard Ramón Grimaldi, Noemí Iacomini, Olga Dora Kozak, Eduardo Héctor Lamadrid, Carlos Enrique Larrea, Segundo René Leguizamón, Alfina Liporace, José Luis Lipsis, Santiago Alfredo Llanos y otros, jubilados de la Policía Federal.

¿A quién se demanda?

Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reclamo previsional vinculado al régimen de personal militar y civil de las Fuerzas Armadas y de Seguridad.

¿Qué se resolvió?

la Corte Suprema declaró formalmente admisibles las quejas, declaró procedentes los recursos extraordinarios y confirmó las sentencias apeladas en lo que fue materia de agravio, con los alcances del precedente "Di Nanno" (Fallos: 345:702). Costas a la demandada vencida. Se remitieron los recursos de hecho a los tribunales de origen.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

el tribunal sostuvo que las cuestiones planteadas guardan sustancial analogía con las debatidas y resueltas en la causa "Di Nanno" (Fallos: 345:702), a la que remitió por razones de brevedad. El juez Rosenkrantz remitió a su voto en ese precedente. No se transcriben argumentos adicionales en esta sentencia, por lo que los fundamentos sustanciales deben buscarse en el precedente citado.

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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