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Corte Suprema

RECKITT BENCKISER ARGENTINA S.A. c/ PROVINCIA DE MISIONES Y DIRECCION GENERAL DE RENTAS s/demanda contencioso administativa

La Corte Suprema hizo lugar a la queja interpuesta por Reckitt Benckiser Argentina S.A. contra la Provincia de Misiones y la Dirección General de Rentas en una demanda contenciosa administrativa. Por mayoría, declaró admisible el recurso extraordinario y dejó sin efecto la sentencia apelada, remitiendo a los fundamentos del precedente Volkswagen de Ahorro para Fines Determinados S.A.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CSJ 001018/2021/RH001
Recurso de queja Recurso extraordinario Demanda contenciosa administrativa Provincia de misiones Direccion general de rentas Reckitt benckiser argentina s.a. Sentencia dejada sin efecto Remision a precedente Volkswagen de ahorro para fines determinados Competencia

¿Quién es el actor?

Reckitt Benckiser Argentina S.A.

¿A quién se demanda?

Provincia de Misiones y Dirección General de Rentas.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

demanda contenciosa administrativa contra la Provincia de Misiones y su Dirección General de Rentas.

¿Qué se resolvió?

se hizo lugar a la queja, se declaró formalmente admisible el recurso extraordinario y se dejó sin efecto la sentencia apelada, con costas, ordenando el dictado de un nuevo fallo por el tribunal de origen conforme a lo expresado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que las cuestiones planteadas en la presente causa resultan sustancialmente análogas a las consideradas y resueltas por esta Corte en el expediente 'Volkswagen de Ahorro para Fines Determinados S.A.' (Fallos: 342:1903), a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitirse, en lo pertinente, por razones de brevedad."

"El juez Rosatti se remite a su disidencia en el citado expediente."

La decisión fue adoptada "por mayoría", por lo que la postura del juez Rosatti constituye una disidencia que no integra la solución adoptada por el tribunal.

Normas que cita

  • CPCCNart. 286 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

Fallos que cita

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