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Corte Suprema

Recurso Queja Nº 1 - REGAZZOLI, ZELMIRA MIREYA EMILSE c/ ANSES s/Reajuste de haberes (Ordinario)

La actora promovió recurso de queja por denegatoria de un recurso extraordinario en un reclamo de reajuste de haberes previsionales contra la ANSeS. La Corte Suprema hizo lugar a la queja, declaró admisible el recurso extraordinario y revocó la sentencia apelada, devolviendo los autos para que se dicte un nuevo pronunciamiento conforme al precedente García, María Isabel.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
FBB 032000142/2012/1/RH001
Reajuste de haberes Seguridad social Recurso extraordinario Recurso de queja Anses Haberes previsionales Precedente garcia Admisibilidad Revocacion Reglamento acordada 4/2007

¿Quién es el actor?

Zelmira Mireya Emilse Regazzoli, representada por el Dr. Carlos Pedro Crespo.

¿A quién se demanda?

ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajuste de haberes (ordinario).

¿Qué se resolvió?

la mayoría hizo lugar a la queja, declaró formalmente admisible el recurso extraordinario y revocó la sentencia apelada, ordenando dictar nuevo pronunciamiento. Costas por su orden. El Vicepresidente Rosenkrantz, en disidencia, consideró que el escrito de interposición del recurso extraordinario no cumplía los arts. 1°, 5° y 7° inc. c) de la Acordada 4/2007 y desestimó la presentación directa.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que la cuestión planteada por la recurrente encuentra adecuada respuesta en el precedente de esta Corte 'García, María Isabel' (Fallos: 342:411), cuyos fundamentos y conclusiones, en lo pertinente, se dan por reproducidos, por razón de brevedad." Disidencia (Rosenkrantz, en minoría): "Que el escrito de interposición del recurso extraordinario no cumple con los requisitos previstos en los arts. 1°, 5° y 7° -inc. c- del reglamento aprobado por la acordada 4/2007. Por ello, se desestima la presentación directa."

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