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Corte Suprema

Recurso Queja Nº 2 - GAMARRA, MARIELA NOEMI c/ PROVINCIA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

La Corte Suprema de Justicia de la Nación admitió las quejas y declaró procedentes los recursos extraordinarios interpuestos por las aseguradoras de riesgos del trabajo en varias causas por accidente de trabajo. Dejó sin efecto las sentencias apeladas por remisión a lo resuelto en la causa Fontaine, en lo referido a la aplicación del acta 2764/2022 de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, y ordenó dictar nuevos pronunciamientos.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CNT 035366/2019/2/RH001
Accidente de trabajo Ley 24.557 Riesgos del trabajo Aseguradora de riesgos del trabajo Recurso extraordinario Acta 2764/2022 Camara nacional de apelaciones del trabajo Doctrina fontaine Remision de precedente Costas por su orden.

¿Quién es el actor?

Mariela Noemí Gamara y otros trabajadores, en las causas acumuladas indicadas en el encabezado.

¿A quién se demanda?

Provincia ART S.A., Federación Patronal Seguros S.A., Omint ART S.A., Galeno ART S.A. y Sulimp S.A. (según cada causa).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamos indemnizatorios por accidente o enfermedad laboral, con fundamento en la Ley 24.557 de Riesgos del Trabajo (acción de "Accidente - Ley especial").

¿Qué se resolvió?

La Corte declaró admisibles las quejas y procedentes los recursos extraordinarios, y dejó sin efecto las sentencias apeladas en cuanto a la aplicación del acta 2764/2022 de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo. Las costas se impusieron por su orden y los autos volvieron a origen para que se dicten nuevos pronunciamientos conforme a lo resuelto.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Corte expresó que los cuestionamientos de las apelantes vinculados con la aplicación del acta 2764/2022 "encuentran adecuada respuesta en el pronunciamiento dictado por esta Corte el 16 de mayo del corriente en la causa CNT 72920/2017/1/RH1 'Fontaine, Juan Eduardo c/ Provincia ART S.A. s/ accidente - ley especial'", remitiendo a sus fundamentos y conclusiones "en razón de brevedad". La resolución se fundó, así, en la doctrina fijada en el precedente "Fontaine" y el dictamen concordante del Procurador General de la Nación interino.

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