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Corte Suprema

REQUERIDO: UCHUPE MUÑOZ, MANUEL s/EXTRADICION

La Corte Suprema confirmó la resolución que declaró procedente la extradición de Manuel Uchupe Muñoz a Perú para cumplir una pena de 15 años por trata de personas agravada. El tribunal desestimó el agravio de la defensa basado en la condena dictada en ausencia, por no haberse acreditado la rebeldía del requerido.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CFP 001121/2019/CS001
Extradicion Peru Trata de personas agravada Condena en ausencia Rebeldia Cosa juzgada Defensa en juicio Tratado bilateral Integridad psicofisica Nardelli.

Actor (requirente): República del Perú.

Demandado (requerido): Manuel Uchupe Muñoz.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Extradición para el cumplimiento de una pena privativa de libertad de 15 años impuesta por el Primer Juzgado Penal Liquidador de Huamanga (Corte Superior de Justicia de Ayacucho) como autor del delito de trata de personas agravada, condena firme desde el 17 de octubre de 2017.

¿Qué se resolvió?

Confirmar la resolución apelada que declaró procedente la extradición. Notifíquese, tómese razón y devuélvase a la jueza de la causa.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Sobre la condena en ausencia: "…la distinción que introdujo en el debate (fs.975) y que mantuvo en esta instancia (fs. 987/990) entre la situación del 'rebelde' y del 'ausente' … sólo se presenta como un intento del recurrente para desentenderse del resultado de la medida de prueba que previamente había impulsado…". Además, la respuesta de la autoridad extranjera informó que "el requerido no tenía condición de rebelde" y que "el Estado Peruano garantizaba que, una vez que el requerido sea puesto a su disposición, 'se procederá con arreglo a la ley, designándose un abogado defensor público…'".

Sobre la presencia del requerido en el proceso: "…no sólo Uchupe Muñoz tenía pleno conocimiento respecto del proceso que se estaba desarrollando en su contra sino que, a través de su abogado defensor, pudo articular las defensas que consideró necesarias."

Sobre el juicio oral y el régimen procesal extranjero: la cuestión "remite a una defensa de fondo que excede la competencia del juez de la extradición".

Sobre el sistema carcelario: el temor "sólo se funda en generalizaciones que en ningún momento se intentaron relacionar con un riesgo 'cierto' y 'actual'".

Sobre la integridad familiar: no constituye materia de agravio sino una mera alusión a ser tenida en cuenta en la "Decisión Final" a cargo del Poder Ejecutivo Nacional.

Se dispuso que la jueza de la causa informe el plazo de privación de libertad sufrido por el requerido en el procedimiento.

Normas que cita

Fallos que cita

  • Mendoza RamírezCSJN · 04/02/2016
  • NardelliCSJN · Fallos 319:2557
  • RevelloCSJN · Fallos 316:1812
  • Reichelt, Víctor JorgeCSJN · 15/06/2010
  • Berthet, EmilioCSJN · 10/02/2015
  • CascoCSJN · Fallos 344:2791
  • Pozo GamarraCSJN · Fallos 329:2523
  • Fallos 324:1694CSJN
  • Santillán Ríos, Behel BhoyCSJN · Fallos 344:1374

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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