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Corte Suprema

Incidente Nº 1 - IMPUTADO: GIMENEZ, ESTEFANIA NORBERTA Y OTRO s/INCIDENTE DE RECURSO EXTRAORDINARIO

Los imputados Norberta Estefanía Giménez y Miguel Ángel Casal interpusieron recurso extraordinario contra la decisión de la Cámara Federal de Casación Penal en un proceso penal federal. La Corte Suprema declaró procedente el recurso, dejó sin efecto la sentencia apelada y ordenó dictar un nuevo pronunciamiento, aplicando la doctrina del precedente Diez, Horacio Pedro y otro.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CFP 006629/2021/19/1/CS001
Recurso extraordinario Sentencia definitiva Art. 14 ley 48 Proceso penal federal Camara federal de casacion penal Defensa publica Precedente diez Nuevo pronunciamiento Corte suprema Disidencia rosenkrantz

Actor (quien recurre): Norberta Estefanía Giménez y Miguel Ángel Casal, asistidos por la Dra. Paula Rocío Caffieri, Defensora Pública coadyuvante.

Demandado (contraparte): Ministerio Público Fiscal, representado por el Dr. Javier Augusto De Luca, Fiscal General.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Recurso extraordinario contra la sentencia de la Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal, en el marco de la causa CFP 6629/2021/19/1/CS1.

¿Qué se resolvió?

La Corte Suprema declaró procedente el recurso extraordinario y dejó sin efecto la sentencia apelada, devolviendo los autos al tribunal de origen para que dicte un nuevo pronunciamiento conforme a lo expuesto.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que al caso resulta aplicable, en lo pertinente, lo resuelto por el Tribunal en la causa 'Diez, Horacio Pedro y otro' (Fallos: 344:3782), a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitirse en razón de brevedad."

"Por ello, se declara procedente el recurso extraordinario y se deja sin efecto la sentencia apelada. Vuelvan los autos al tribunal de origen para que, por quien corresponda, se dicte un nuevo pronunciamiento con arreglo a lo expuesto."

¿Cómo votaron los jueces?

"Que el recurso extraordinario concedido no se dirige contra una sentencia definitiva o equiparable a tal (art. 14 de la ley 48). Por ello, se lo desestima."

Normas que cita

Fallos que cita

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