BARTOLO HUAMAN PERCY VICTOR C/ SERENA ART SAU S/ ACCION DE REVISION RES. COMISION MEDICA JURISDICCIONAL LEY 15057 (428)
La acción de revisión de la resolución de la Comisión Médica Jurisdiccional, promovida por el actor contra la aseguradora ART, concluyó mediante acuerdo conciliatorio sobre la incapacidad y el IBM. El Tribunal homologó el acuerdo conforme el art. 15 LCT, impuso las costas a la demandada y reguló honorarios de letrados y peritos.
¿Quién es el actor?
BARTOLO HUAMAN PERCY VICTOR.
¿A quién se demanda?
SERENA ART SAU.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
acción de revisión de la resolución de la Comisión Médica Jurisdiccional (Ley 15057), con base en pericias médica (6,66% de incapacidad sobre la TO) y contable (IBM).
Resolución: el Tribunal homologó el acuerdo presentado por las partes, por considerar que no vulnera ningún principio de orden público y constituye una justa composición de los derechos e intereses de las partes (art. 15 LCT). Se dejó constancia de que el pago debe efectuarse en la cuenta judicial conforme art. 277 LCT (texto según Ley 27.802), bajo apercibimiento de tenerlo por no efectuado. Se impusieron las costas a la parte demandada (art. 24 Ley 15057). Se regularon honorarios de los letrados (Dr. Estevez, actor: $1.400.000; Dr. Perez Bertana, demandada: $372.624) y de los peritos (Contadora Krynski y Médico Faid: $350.000 cada uno). Se denegó la eximición de la Tasa de Justicia por falta de fundamentación.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Visto que el acuerdo que han presentado por las partes ... no vulnera ningún principio de orden público y, dado que los términos del mismo constituyen en este caso una justa composición de los derechos e intereses de las partes, de conformidad con lo dispuesto por el art. 15 de la L.C.T., resultaría procedente la homologación solicitada por lo que voto por la afirmativa." Y en cuanto a la mora: "la mora en el cumplimiento de lo pactado importará la caducidad de los plazos pendientes que se hubieran convenido, y hará ejecutable la totalidad de los montos que integran el convenio."
Los tres jueces votaron en el mismo sentido, por lo que no hubo disidencias.
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Leyes que cita
- Ley 15.057 de Buenos AiresEstablece el nuevo procedimiento laboral en la provincia
- Ley 27.802Ley de modernizacion laboral
- Ley 20.744Ley de contrato de trabajo
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