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Corte Suprema

GARCIA, ADOLFO GUSTAVO Y OTROS c/ MINISTERIO DE DEFENSA - ESTADO MAYOR GRAL DEL EJERCITO s/SUPLEMENTOS FUERZAS ARMADAS Y DE SEGURIDAD

La Corte Suprema admitió el recurso extraordinario interpuesto por el Estado Nacional en una demanda de suplementos de las Fuerzas Armadas por la incorporación del suplemento por zona al haber del actor. El Tribunal dejó sin efecto la sentencia apelada en lo que fue materia de agravio, remitiendo a los precedentes Bovari de Díaz y Villegas, Osiris, y ordenó dictar un nuevo fallo.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
FCB 039490/2019/CS001
Suplemento por zona Fuerzas armadas Haber mensual Recurso extraordinario Estado mayor general del ejercito Resolucion 1459/93 Precedente bovari de diaz Precedente villegas Remision a precedentes Nuevo fallo

¿Quién es el actor?

Adolfo Gustavo García y otros.

¿A quién se demanda?

Ministerio de Defensa – Estado Mayor General del Ejército.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

suplementos de las Fuerzas Armadas y de Seguridad; en particular, la incorporación del suplemento por "zona" (resolución del Ministerio de Defensa 1459/93) en el haber mensual del actor.

¿Qué se resolvió?

se declaró formalmente admisible el recurso extraordinario y se dejó sin efecto la sentencia apelada en lo que fue materia de agravio, con el alcance indicado en los precedentes citados. Las costas se impusieron por su orden. Se ordenó devolver los autos al tribunal de origen para que dicte un nuevo fallo.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que los agravios de la parte demandada –relacionados con la incorporación del suplemento por 'zona' (resolución del Ministerio de Defensa 1459/93) en el haber mensual del actor– han sido resueltos por esta Corte en las causas 'Bovari de Díaz' (Fallos: 323:1048) y 'Villegas, Osiris' (Fallos: 323:1061), a cuyos fundamentos corresponde remitir en lo pertinente."

La Corte no desarrolla argumentación propia: remite a los fundamentos de los precedentes citados.

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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