TROULLETT ROBERTO LEONARDO C/ PROVINCIA ART S.A. S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL
El actor reclamó reparación por incapacidad psicofísica derivada de un accidente de trabajo ocurrido el 11/01/2022 y cuestionó la constitucionalidad del esquema de intereses vigente. El Tribunal del Trabajo N° 5 de Lomas de Zamora hizo lugar a la demanda y condenó a la aseguradora a abonar $13.601.028, con fundamento en la inconstitucionalidad sobreviniente del art. 11 de la ley 27.348, la ley 23.928 y la ley 25.561, aplicando la doctrina de la SCBA en Barrios.
¿Quién es el actor?
Roberto Leonardo Troullet, trabajador que sufrió un accidente de trabajo el 11/01/2022 mientras descargaba cajones de cerveza, con lumbalgia post traumática.
¿A quién se demanda?
Provincia A.R.T. S.A. (Provincia Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A.).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reparación por incapacidad psicofísica en el marco de la ley 24.557, modificada por las leyes 26.773 y 27.348, con cuestionamiento constitucional del esquema de intereses y de la prohibición de actualización.
Pericias: incapacidad física del 7,5% más 2,75 por factores de ponderación (lumbociatalgia con movilidad alterada); incapacidad psíquica del 10% fijada por la pericia, que el Tribunal propuso reducir al 2,3% por no haberse acreditado la causalidad exclusiva; IBM de $184.011,01.
Resolución: el Tribunal hizo lugar a la demanda y condenó a la demandada al pago de $13.601.028 en diez días desde la notificación, con intereses a tasa activa del Banco de la Nación Argentina para el supuesto de incumplimiento. Declaró abstracta la cuestión constitucional referida a enfermedades no listadas, obligatoriedad del paso por Comisiones Médicas y aplicación del art. 3 de la ley 26.773; rechazó el planteo sobre la tabla de incapacidades y baremos (art. 9 ley 26.773); e impuso costas a la demandada.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Se aplicó la doctrina "Barrios" de la SCBA, según la cual el juzgador debe impartir justicia en el caso concreto evitando el enriquecimiento sin causa de cualquiera de las partes. El voto mayoritario sostuvo: "Con el dictado del fallo BARRIOS, entiendo que la Corte provincial ha resaltado la obligación del Juzgador de impartir Justicia en el caso concreto con especial visión de que su resultado no genere un enriquecimiento sin causa para alguna de las partes (sea esta acreedor o deudor)".
Se fundó la inconstitucionalidad sobreviniente de la ley 23.928 en la inflación acumulada: "La inconstitucionalidad resuelta en Barrios en relación a la ley 23928 y que aquí también es objeto de tratamiento, no trae consigo la tacha de inconstitucionalidad a la fecha de su dictado, si no en la aplicación de la ley en el transcurso del tiempo y en este caso concreto. Dicha ley, que resultó constitucional en oportunidad de su dictado, aplicada hoy, luego de atravesar el país dolorosos procesos inflacionarios, resulta evidenciar inconstitucionalidad sobreviniente."
Se comparó el resultado de la liquidación con tasa activa BNA (total de $7.205.635,50) con el mínimo vigente de la LRT para un 10% de incapacidad ($13.601.028), concluyendo que la merma superaba el 33% fijado por la CSJN en "Vizzoti" como umbral de inconstitucionalidad. Por ello se "justipreció" la indemnización en $13.601.028.
La vocal Rodríguez votó en el mismo sentido en lo principal, pero se apartó respecto de la inconstitucionalidad del art. 7 de la ley 23.928 (t.o. art. 4 ley 25.561), que consideró constitucional, sosteniendo que el esquema de la ley 27.348 con RIPTE y el piso mínimo semestral brinda protección suficiente.
Se reconoció el carácter alimentario y de deuda de valor del crédito laboral, con referencia al art. 39 de la Constitución provincial y al principio de primacía de la realidad.
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Leyes que cita
- Ley 24.557Ley de riesgos del trabajo
- Ley 27.348Riesgos del trabajo
- Ley 26.773Riesgos del trabajo
- Ley 23.928Convertibilidad del austral
- Ley 25.561Emergencia publica y reforma del regimen cambiario
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.