Recurso Queja Nº 1 - ORDOÑEZ, VANINA ISABEL c/ RECONQUISTA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
Las demandadas promovieron recursos extraordinarios contra sentencias de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo dictadas en reclamos por accidentes de trabajo y despidos, que aplicaron el acta 2783/2024 del mismo tribunal. La Corte Suprema declaró procedentes los recursos, remitió a los fundamentos del precedente Lacuadra y dejó sin efecto las sentencias apeladas, ordenando nuevos pronunciamientos.
¿Quién es el actor?
Vanina Isabel Ordoñez y otros trabajadores en causas acumuladas (entre ellos Claudia Haydeé Orlando, Juan de Dios Ortiz Montiel, Ricardo Gabriel Osorio, Pablo Nicolás Pifarre, Alfredo Ricardo Pintos, Sebastián Federico Romano, Alicia Carla Rutibeytia, Dora Modesta Ruiz, Gilberto Oscar Salcedo, Valeria Mariel Sordo Quintana, Javier Ezequiel Sosa, Miguel Ángel Sosa, Segundo Ramón Tapia, Richard Alberto Vargas Verastegui, Leonardo Martín Vega, Claudio Emanuel Villalba, Patricia Alejandra Zalazar y José Agustín Zúñiga).
¿A quién se demanda?
Reconquista ART S.A., QBE Argentina ART S.A., Federación Patronal Seguros S.A., Galeno ART S.A., Telecom Argentina S.A., Unilever de Argentina S.A., Telefónica de Argentina S.A., Caminos Protegidos Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A., Tradelog S.A., Asociart ART S.A. y otros.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reclamos indemnizatorios por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales (Ley especial, acción civil) y reclamos por despido y cobro de salarios.
¿Qué se resolvió?
la Corte Suprema declaró admisibles las quejas y procedentes los recursos extraordinarios, dejó sin efecto las sentencias apeladas y ordenó que, por quien corresponda, se dicten nuevos pronunciamientos conforme a lo resuelto. Costas por su orden.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que los cuestionamientos de las apelantes vinculados con la aplicación del acta 2783/2024 de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo encuentran adecuada respuesta en el pronunciamiento dictado por esta Corte en la causa 'Lacuadra' (Fallos: 347:947), a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir, en lo pertinente, en razón de brevedad."
"Por ello, se declaran admisibles las quejas, procedentes los recursos extraordinarios y se dejan sin efecto las sentencias apeladas con el alcance indicado. Costas por su orden en atención a la índole de la cuestión planteada."
Los fundamentos son breves: la decisión se apoya en la remisión al precedente "Lacuadra", sin desarrollo argumental propio en este pronunciamiento.
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