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Corte Suprema

FARKAS LEONARDO c/ INST. NAC. DE SERV. SOC. PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS s/ACCION DE REPETICION

Los jubilados y pensionados reclamaron la devolución de sumas descontadas de sus haberes por el Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados en el marco de acciones de repetición y acciones meramente declarativas. La Corte Suprema declaró formalmente procedentes los recursos extraordinarios de la demandada, pero confirmó las sentencias apeladas remitiendo a los fundamentos de la causa Cirigliano.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CSS 094667/2016/CS001
Seguridad social Jubilados Pensionados Inssjp Accion de repeticion Accion meramente declarativa Recurso extraordinario Remision a precedente Costas por su orden Cirigliano.

¿Quién es el actor?

Leonardo Farkás y otros actores agrupados en las causas acumuladas (Álvarez, Gargiulo, Guevara, Bravo, Cordido, Díaz Mastellone, Federice, Mitelman, Van Opstal, Moscoloni y Montenegro).

¿A quién se demanda?

Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (INSSJP).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

acción de repetición y acciones meramente declarativas vinculadas a descuentos realizados sobre los haberes previsionales.

¿Qué se resolvió?

la Corte declaró formalmente procedentes los recursos extraordinarios interpuestos por la demandada y confirmó las sentencias apeladas con el alcance indicado, imponiendo las costas por su orden en razón de la índole de las cuestiones debatidas (art. 68 CPCCN).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

el tribunal consideró que las cuestiones planteadas por la demandada encuentran adecuada respuesta en las debatidas y resueltas en la causa CSS 78395/2014/1/RH1 "Cirigliano, Mariano Christian y otros c/ Inst. Nac. de Servicios Soc. para Jub. y Pensionados s/ acción meramente declarativa" (fallo del 2 de julio de 2024), a cuyos fundamentos remite por razones de brevedad.

Leyes que cita

  • Ley 17.454Codigo procesal civil y comercial de la nacion

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