MIERES ALAN RODRIGO C/ MAUMUS MARIO LEOPOLDO Y OTRO/A S/ DESPIDO
La actora promovió demanda por despido contra el empleador y sus herederos, y las partes arribaron a un acuerdo conciliatorio por la suma de $10.000.000 pagadero en tres cuotas, con costas a cargo de la parte demandada. El Tribunal del Trabajo Nº 3 de San Isidro homologó el acuerdo por considerar que compone equitativamente los derechos de las partes y no vulnera normas de orden público.
¿Quién es el actor?
ALAN RODRIGO MIERES.
¿A quién se demanda?
MARIO LEOPOLDO MAUMUS (representado por su heredero MARIANO MAUMUS Y ALVAREZ) y MARIA VERONICA OCARANZA.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
despido (expediente SI-8640-2021).
¿Qué se resolvió?
el Tribunal homologó el acuerdo conciliatorio. La actora reajustó su demanda a la suma única de $10.000.000, que comprende los intereses devengados hasta la fecha. La demandada acordó pagarla en tres cuotas: $4.000.000 con vencimiento el 15/10/2026 y $3.000.000 con vencimiento el 15/11/2026 y el 15/12/2026. Ante el incumplimiento de cualquiera de las cuotas, caducan los plazos y el total resulta exigible desde la mora. Las costas quedaron a cargo de la demandada, se eximió a las partes del pago de impuestos y tasas judiciales, y se regularon honorarios a los profesionales intervinientes.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"En la especie se obtiene una equitativa composición de derechos de las partes y que no se advierte violación de derechos protegidos por el orden público considero: QUE DEBE HOMOLOGARSE EL PRESENTE ACUERDO (art. 12, 15 LCT, 24, 25 y 30 ley 15.057)." La votación fue unánime: los Dres. Borlenghi y Canabal votaron en idéntico sentido por compartir fundamentos. Se hace constar que el crédito tiene naturaleza alimentaria (art. 552 CCCN), por lo que se dispusieron modalidades de pago directo o mediante cuenta judicial en el Banco Provincia.
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Leyes que cita
- Ley 15.057 de Buenos AiresEstablece el nuevo procedimiento laboral en la provincia
- Ley 20.744Ley de contrato de trabajo
- Ley 26.994Codigo civil y comercial de la nacion
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