RUIDIAZ JOSE DANIEL C/ MICRON S.A. S/DESPIDO
El actor promovió demanda por despido contra Micron S.A. y, tras quedar paralizado el proceso sin impulso procesal de la parte actora pese a la intimación, el Tribunal del Trabajo N°3 de San Isidro decretó la caducidad de instancia, imponiendo las costas y regulando honorarios a cargo de la actora.
¿Quién es el actor?
José Daniel Ruidiaz.
¿A quién se demanda?
Micron S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
demanda por despido (expediente SI-19374-2013).
¿Qué se resolvió?
el Tribunal decretó la caducidad de instancia en las presentes actuaciones, impuso las costas a la actora y reguló honorarios a favor de los profesionales intervinientes por la actora (Roberto Rubén Schvartz) en 7,13 Jus, equivalentes a $380.000, más los porcentajes de ley, con adición del 21% para los profesionales responsables inscriptos. Asimismo, ordenó glosar en su foliatura original la documentación reservada de fs. 3 a fs. 9.
Fundamentos principales de la decisión (votación unánime, en la que el Dr. Coello Grassi votó en primer término y los Dres. Borlenghi y Canabal adhirieron en el mismo sentido):
"Si bien es cierto que en los juicios laborales, dadas sus características especiales, la caducidad de instancia debe ser aplicada con criterio restrictivo, en virtud de las facultades que la propia ley confiere al Tribunal para instar la actividad procesal de las partes, cumpliendo con el deber impuesto por el artículo 11 de la ley 15.057, la perención de instancia sólo procedería cuando el órgano jurisdiccional se encuentra impedido de ejercer ese impulso, previa intimación a las partes a fin de activar el procedimiento, circunstancia esta última que aquí se ha dado."
"De lo expuesto se desprende que la conducta de la parte actora con posterioridad a lo resuelto el 16/09/2026, obstaculiza la normal tramitación del juicio dejando transcurrir el plazo fijado por el art. 11 de la ley 15.057."
"Las costas de la incidencia deberán ser soportadas por la parte actora (art. 24 ley 15.057)."
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