TORRES ISIDRO MARCELO C/ PREVENCION ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO SA S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL
El actor promovió acción especial por accidente de trabajo contra la aseguradora de riesgos del trabajo. Las partes arribaron a un acuerdo conciliatorio y el Tribunal del Trabajo N°3 de Quilmes lo homologó con efecto de cosa juzgada, ordenando el depósito del capital en la cuenta del actor, con suspensión del plazo de pago hasta acreditar titularidad bancaria.
¿Quién es el actor?
ISIDRO MARCELO TORRES.
¿A quién se demanda?
PREVENCION ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO SA (PREVENCION ART SA), representada por la Dra. Alejandra Elisabet Barrios.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
acción especial por accidente de trabajo (expediente Nº36126).
¿Qué se resolvió?
homologación del acuerdo conciliatorio celebrado por las partes, con efectos de cosa juzgada (art. 15 LCT; art. 30 ley 15.057). Se dispuso que la demandada deposite el capital acordado en una cuenta bancaria del actor, intimando a éste a denunciar y acreditar la titularidad de una cuenta, quedando suspendido el plazo de pago hasta tanto ello ocurra (art. 17 ley 27.348). Costas a cargo de la demandada (art. 73 CPCC). Exención del 50% de la tasa de justicia a la demandada, intimándola a abonar el 50% restante ($49.500). Actualización de sumas adeudadas en caso de incumplimiento conforme art. 276 LCT (texto según art. 54 ley 27.802).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
¿Cómo votaron los jueces?
"la conciliación a que arriban las partes para poner fin al proceso, no vulnera ningún principio de orden público y constituye, a mi entender, una justa composición de los derechos e intereses de las partes, tal cual se los plantea en la controversia sometida a decisión del Tribunal. En consecuencia la homologación solicitada resulta procedente (arts. 15 de la L.C.T.; 30 de la ley 15.057). Procede asimismo declarar las costas conforme con lo solicitado, con exención del pago del 50% del importe correspondiente a la tasa de justicia y sellados de la causa en razón del acuerdo logrado."
No hay votos en disidencia.
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Leyes que cita
- Ley 15.057 de Buenos AiresEstablece el nuevo procedimiento laboral en la provincia
- Ley 27.802Ley de modernizacion laboral
- Ley 20.744Ley de contrato de trabajo
- Ley 27.348Riesgos del trabajo
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